Con 31 votos a favor se aprobó por el Pleno en sesión ordinaria.
Rosario Bareño | OEM-Informex.
La LXII Legislatura aprobó tipificar como delito agravado el robo a cuentahabientes, a propuesta de la diputada Mariana Fernández y del diputado Quirino Velázquez, se castigará el robo a conejero, la complicidad directa e indirecta de los empleados de los bancos con penalidades de 5 a 15 años de prisión en base al valor de lo robado. Con 31 votos a favor se aprobó por el Pleno en sesión ordinaria.
La diputada Fernández, dijo que se trata de mandar un mensaje fuerte y claro a todas estas instituciones y quienes laboran en ellas, que se sancione con todo el peso de la ley y también a quienes son cómplices de ellos”.
Se castigará: la sustracción, copia o almacenamiento de información de pago electrónico de servicios o productos a través de internet o aplicaciones móviles o electrónicas sin consentimiento y por cualquier medio proveniente de una transacción económica y que se reflejen como afectación en las tarjetas o cuentas de instituciones financieras de la víctima.
También, a quien proporcionó información de retiros en efectivo realizado por cuentahabientes y sea robado, trabaje o preste auxilio directa o indirectamente en el establecimiento.
La reforma es a los artículos 236 y 236 bis y se adiciona la fracción IX; y reforma el párrafo segundo del artículo 234 del Código Penal de Jalisco.
Antes era de 5 años, ahora será de 8 años, se está aumentando la penalidad a lo doble, indicó la diputada Mariana.
Crea el delito de robo a cuentahabiente consistente en despojar del dinero en efectivo que previamente retiró de un banco. Los actores del delito serían tanto los actores materiales -quienes despojan a la víctima del dinero- y a quienes consideramos actores intelectuales que en este caso serían los cajeros que proporcionan a terceros la información inherente a las disposiciones en efectivo de los usuarios del banco, refirió.
“La complicidad de los cajeros en los robos de los cuentahabientes me parece grave, además de traicionar a la confianza de su patrón, la información que manejan es privilegiada y delicada al grado pues que afecta considerablemente el patrimonio de los usuarios que optan por hacer retiros en efectivo. Además, es muy importante considerar que no solo se atenta contra el patrimonio de los usuarios y el banco, sino que deteriora la credibilidad de las instituciones financieras. Son acciones que atentan contra el orden público e interés social”, manifestó la diputada Mariana.
La iniciativa propone reformar el artículo 236 del Código Penal de Jalisco para crear el tipo penal como robo agravado a cuentahabientes. Así como reformar el artículo 236 bis del mismo Código para que se sancione a los actores del delito.
Penalidades
- De cinco a diez años de prisión y multa por el importe de $1,303.2 a $5,212.8 pesos (de 15 a 60 UMA´S) cuando el valor de lo robado no exceda del importe de $32,145.6 pesos (370 UMAS).
- De seis a doce años de prisión y multa por el importe de $1,737.6 a $6,950.4 (de 20 a 80 UMA´S) cuando el valor de lo robado exceda de $32,145.6 pesos (370 UMA´S) pero no de $86,880 pesos (1,000 UMAS).
- De ocho años seis meses a quince años de prisión y multa por el monto de $2,606.4 a $8,688 pesos (de 30 a 100 UMAS) cuando el valor de lo robado exceda de $86,880 pesos (1,000 UMAS);
- De cinco años seis meses a nueve años de prisión, cuando no pudiere determinarse el valor de lo robado, o si por su naturaleza, no fuere estimable en dinero.







