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SCJN declara inconstitucional penalización del aborto en Chihuahua (nota de Alfredo Fuentes en OEM-Informex)

Foto: Flor Castañeda | OEM-Informex

El fallo de la Corte implica que ninguna mujer o persona gestante que se someta a un aborto podrá ser sancionada, al igual que cualquier otra persona que le auxilie

Alfredo Fuentes | OEM-Informex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en el estado de Chihuahua, por lo que ninguna mujer o persona gestante que se someta a este procedimiento podrá ser sancionada, alcances que incluyen a cualquier otra persona que le auxilie.

Con esta decisión suman tres fallos de la SCJN donde declara inconstitucional la imposición de penas por someterse o practicar un aborto, como sucedió con los casos de Aguascalientes y Coahuila.

En sesión de este miércoles, los ministros de la Primera Sala analizaron el amparo 666/2023 interpuesto por una persona particular en contra de los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal de Chihuahua, en el cual se contemplan penas de hasta seis años a quien interrumpa su embarazo o ayude a que eso suceda.

El proyecto a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá fue aprobado sin discusión por mayoría de cuatro votos y sólo uno en contra de su colega Mario Pardo Rebolledo.

De esta manera, la Primera Sala del Alto Tribunal ordenó al Congreso del estado modificar su Código Penal antes del término del período ordinario en noviembre próximo a fin de que no se penalice a ninguna mujer o persona gestante por abortar.

“Esta Primera Sala arriba a la conclusión de que las normas que penalizan el aborto inciden en el significado cultural y social de los derechos y contribuye a construir un imaginario social adverso para el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”, señaló el proyecto.

De acuerdo con el mismo, estas normas fomentan la creencia de una supuesta incorrección ética en la práctica del aborto, por lo que aumenta el estigma en contra de las personas que recurren a estos servicios.

También “genera un temor en los profesionales de la salud, lo que puede provocar desigualdad en la provisión de los servicios de salud entre las propias mujeres y personas con capacidad de gestar”, afirmó.

Apenas en agosto de este año, el ministro Alcántara Carrancá también se encargó de un asunto similar, pero en el estado de Aguascalientes, donde bajo su ponencia los ministros de la Primera Sala ordenaron a los legisladores locales derogar las penas de prisión contra las personas que recurran a un aborto.

En tanto que en septiembre, la misma Sala, ahora derivado de un proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjatdeclaró inconstitucional la penalización del aborto a nivel federal, pero para que el fallo sea aplicado antes se debe legislar en el Congreso federal. Mientras eso sucede, son 18 estados los que aún criminalizan la interrupción del embarazo.

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