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SCJN aprueba que fallos del Tribunal Electoral puedan ser apelados (nota de Alfredo Fuentes en OEM-Informex)

Los integrantes de la Segunda Sala de la SCJN aprobaron la propuesta de la ministra Yasmín Esquivel. l Foto: Cuartoscuro

Con lo aprobado se permite que la SCJN pueda analizar los fallos del TEPJF mediante eventuales controversias constitucionales y puedan ser echados atrás

Alfredo Fuentes l OEM-Informex

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por mayoría de votos que los fallos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) puedan ser apelados mediante controversias constitucionales.

El asunto resuelto en la sesión del miércoles pasado se desprende de una controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados en noviembre del 2022, en la que acusó que la Sala Superior del Tribunal Electoral excedió sus facultades al ordenarle modificar la integración de la Comisión Permanente.

Esto, porque se excluyó a Movimiento Ciudadano a pesar de ser una de las fuerzas políticas en el Congreso.

Sin embargo, al considerar que su sentencia iba más allá de sus atribuciones, el entonces presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, el morenista Sergio Gutiérrez, interpuso una controversia constitucional, la cual fue admitida por la SCJN.

Aunque los fallos del TEPJF son inapelables e inatacables, al analizar el asunto, los integrantes de la Segunda Sala aprobaron la propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, quien planteó que, aunque sus sentencias no pueden combatirse por mandamiento constitucional, esto no implica que los recursos promovidos en su contra sean improcedentes.

De acuerdo con el artículo 99 de la Constitución mexicana, el TEPJF es la máxima autoridad en la materia, por lo que sus fallos son definitivos, sin embargo, con lo aprobado el día de ayer se permite que la Suprema Corte pueda analizarlos mediante eventuales controversias constitucionales, lo que podría echarlas atrás si así se considera pertinente.

La ministra Esquivel argumentó que el objetivo de dar entrada a este tipo de asuntos, consiste en analizar que hayan sido resueltos dentro del marco de competencias del TEPJF y que no se trate de cuestiones que correspondan a otros poderes del Estado, en este caso el Legislativo.

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