La embajadora mexicana ante el organismo regional, Luz Elena Baños, advirtió que se pondría en riesgo la objetividad
Roxana González | OEM-Informex
Luego de que Perú solicitó a la Organización de Estados Americanos (OEA) la revisión de la Convención de Caracas sobre asilo político, el gobierno de México, a través de su embajadora Luz Elena Baños, consideró este miércoles que el organismo regional no es el espacio competente para llevar a cabo el estudio y modificaciones al instrumento internacional.
Durante una sesión extraordinaria convocada por Perú, luego de que México otorgó asilo político a la exministra Betssy Chávez y la refugió en su embajada en Lima, la diplomática mexicana cuestionó si la reunión respondía a un genuino esfuerzo jurídico sobre un asunto hemisférico; o si obedece a un intento de dirimir un caso concreto, objeto de controversia entre dos Estados miembros de la Organización. “En primer lugar resulta indispensable subrayar un principio elemental del derecho de los tratados, no se puede revisar, reinterpretar ni modificar un instrumento internacional sin la presencia y el consentimiento de todos los Estados parte de dicho instrumento; como tampoco lo pueden hacer Estados que no son parte de este”, explicó.
Añadió que a pesar de que el Consejo Permanente es un foro político con proyección jurídica, no puede asumir la función de órgano revisor de un tratado internacional. “Simple y sencillamente es inviable, en términos jurídicos, pretender iniciar aquí un proceso de ajuste o revisión de un tratado que sigue plenamente vigente, y cuyo contenido resulta igual de aplicable y relevante que cuando se negoció, como lo confirma la práctica regional. Esto resulta igualmente aplicable a otros órganos políticos de la OEA, como la Reunión de Consultas de Ministros de Relaciones Exteriores, o la propia Asamblea General”, dijo.
Asimismo, advirtió que la revisión de la Convención por parte de la OEA implicaría desnaturalizar su carácter técnico-jurídico y trasladarlo a un terreno “a todas luces político”, lo que no sólo compromete la objetividad de la organización, sino que lo expone a ser utilizado como instrumento para ventilar situaciones ajenas a toda la membresía, excediendo su mandato especializado.
“Insistimos en que, intentar modificar, o inclusive discutir la posibilidad de modificar la Convención sin siquiera contar con la totalidad de sus Estados parte, resulta contrario al espíritu del propio instrumento y a los principios elementales del derecho de los tratados”, subrayó Baños.
“El momento en que se plantea esta revisión no puede pasar inadvertido. Si existiera una convicción regional generalizada sobre la necesidad de reinterpretar la Convención, esa discusión se habría impulsado antes, a través de canales viables conforme a las reglas del derecho de los tratados, y no como respuesta a un caso particular. El derecho internacional no puede revisarse ni ajustarse cada vez que un Estado no está de acuerdo con su aplicación en un caso específico. Ello pondría en duda una premisa fundamental del Estado de Derecho en el plano internacional que es la certeza jurídica. La vigencia del derecho no puede invocarse cuando las circunstancias son favorables y cuestionarse cuando son adversas”, agregó la embajadora ante los representantes de la OEA.
.También pidió dejar constancia de que una de las obligaciones que prevé la Convención de Caracas, como lo es la emisión del salvoconducto, tras haberse otorgado asilo diplomático a una persona, sigue pendiente de cumplimiento por parte de Perú en el caso de Chávez.
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