El INAI instruyó al IFT entregar al solicitante el documento “Política para la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el Instituto Federal de Telecomunicaciones”, y que realice una búsqueda exhaustiva y entregue la información adicional que sea localizada.
Ciudad de México, 19 de diciembre (SinEmbargo).- El pleno del del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) hacer públicos los documentos y acciones para investigar, prevenir y sancionar casos de acoso sexual y laboral, principalmente aquellos que tengan como finalidad la protección de las servidoras públicas.
Además, el INAI determinó que el IFT deberá dar acceso a su “Política para la inclusión laboral de las personas con discapacidad”.
Al presentar el caso ante el pleno, el Comisionado Adrián Alcalá Méndez comentó que desde el sector público las autoridades deben diseñar políticas tendientes a garantizar los derechos de las mujeres y las niñas, y que todas y todos los servidores públicos deben actuar siempre con respeto a las mujeres, ya sean compañeras de trabajo o usuarias de los servicios que brindan.
“Es imprescindible dejar de normalizar la violencia contra las mujeres y adoptar las medidas que sean necesarias, efectivas y justas para erradicar cualquier acto u omisión que atente contra su libertad, contra su vida, contra su integridad, el desarrollo de la personalidad, su dignidad”, expresó el Comisionado.
La resolución se dio luego de que un particular pidiera conocer todas las disposiciones administrativas, reglamentos internos, programas, comités y en general cualquier actividad implementada para prevenir, investigar, sancionar y prevenir el daño en los casos de acoso sexual y laboral que se han presentado en el IFT, así como aquellos instrumentos, reglamentos, programas o cualquier otro documento que tenga como finalidad la protección de las servidoras públicas que denunciaron actos de acoso sexual y laboral.
Sin embargo, el IFT respondió proporcionando el “Protocolo para la atención a denuncias presentadas ante el Comité de Prevención y Atención a casos de violencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones”; asimismo, señaló que en éste no se encontró establecida la figura de la reparación del daño, siendo en consecuencia inexistente la información solicitada con dicho supuesto.
En alegatos, el IFT reiteró la inexistencia de la información requerida, por lo que en el análisis del caso, a cargo de Alcalá Méndez, se constató que resultó procedente la inexistencia de los documentos solicitados relacionados con la reparación del daño.
Sin embargo, respecto a la entrega de información incompleta de manera adicional a la información proporcionada por el sujeto obligado, se localizó el documento “Política para la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el IFT”, que tiene como uno de sus ejes rectores la atención de casos de discriminación, acoso laboral y hostigamiento hacia personas con discapacidad, por lo que ese documento encuadra dentro de los supuestos referidos por la persona recurrente.
De esta forma, por unanimidad el pleno del INAI determinó modificar la respuesta del IFT para que informe a la persona solicitante la fuente, la forma y lugar de acceder al documento “Política para la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el Instituto Federal de Telecomunicaciones”, y que además realice una búsqueda exhaustiva y entregue la información adicional que sea localizada.

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