Sólo 2 de cada 10 ciudadanos empadronados votaron, el abstencionismo ganó con más de 83 por ciento por lo que este ejercicio democrático no fue vinculante
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El pasado 10 de abril se llevó a cabo la revocación de mandato, en el que la ciudadanía tuvo la oportunidad de decidir si el presidente Andrés Manuel López Obrador podía seguir o no en la presidencia, sin embargo ésta no tuvo la participación que presidencia esperaba, por lo que surgió la duda de si votar en esta consulta era obligatorio.
De principio, la Constitución Política de los Estados Unidos establece en el artículo 35 el derecho a votar y ser votado, mismo que fue reformado en 2019 para agregar que se puede votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional.
Dicho esto queda claro que salir a votar es un derecho al que todos los mexicanos tenemos acceso, pero también es una obligación.
El siguiente artículo, el 36, dice que votar en las elecciones y en consultas populares es parte de las obligaciones de la ciudadanía, y respecto a esto Pablo Gómez, titular de de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dijo en su Twitter que aquellos que no salieron a votar en este reciente ejercicio podrían recibir una sanción.
“La Constitución (35.I) señala el voto obligatorio en la revocación de mandato. La “autoridad electoral” nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1.360 millones de sus ilegales fideicomisos”.
Aunque en la Ley Federal de Revocación ,publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 14 de septiembre no se menciona ningún tipo de sanción para quiénes no participen en la revocación, en la Carta Magna sí hay un apartado en el artículo 38 donde se dice que la persona que no ejerza su derecho y obligación a votar obtendrá una suspensión durante un año de sus derechos ciudadanos como:
- Votar y ser votado
- Renovar pasaporte
- Poder ser servidor público
- Poder presentar iniciativas de ley
Dicho esto, es cierto que la Constitución menciona la penalización por no votar, pero no queda claro cómo es que se le informa al ciudadano que amerita dicha suspensión o en qué casos podría quedar exento o no. Por el momento el gobierno todavía no hace ninguna declaración al respecto.
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