Lucía, de 46 años, había sido sentenciada a 46 años de cárcel; su caso no fue juzgado con perspectiva de género, determinó la Comisión de Derechos Humanos
Rubén Pérez | OEM-Informex
Después de estar en prisión durante 14 años, acusada de un delito por el que no se le juzgó con perspectiva de género, según la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, una mujer de 46 años obtuvo el beneficio de amnistía y libró los 43 años de cárcel a los que había sido condenada.
Lucía sufrió violencia física por parte de su pareja, un ex policía auxiliar, quien un día llegó en estado de ebriedad y la comenzó a agredir. En el ataque, el hombre tomó un cuchillo y se abalanzó contra ella.
En el momento de la agresión hubo forcejeos y el arma blanca terminó por penetrar en el tórax de la pareja de Lucía, quien perdió la vida. Por este hecho, la mujer fue acusada por homicidio de su cónyuge.
Al revisar el caso, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México determinó que Lucía había sido juzgada sin perspectiva de género y sin conocer el contexto de violencia sistémica en el que ella vivió, además varios derechos humanos se le violentaron durante ese proceso.
“Después de todo lo que documentamos a partir de nuestros especialistas, encontramos que había una mujer cumpliendo una sentencia por un delito que fue juzgado sin perspectiva de género”, afirmó la titular de la Comisión de Derechos Humanos, Myrna Araceli García Morón, quien acudió al penal de Chiconautla, en Ecatepec, a testificar la libertad de la mujer.
Afuera del Centro Penitenciario y de Reinserción Social, familiares de Lucía ya la esperaban tras la determinación de las autoridades, luego de que el Poder Judicial accediera a la amnistía solicitada por la Comisión de Derechos Humanos.

Lucía vivió 9 años, con el que sufrió violencia física, sicológica, sexual y económica; el día en que se registró el homicidio, este sujeto arribó al domicilio familiar en estado de ebriedad y no era la primera vez que este individuo amenazaba con matarla.
Por ello, dicha comisión revisó este expediente y detectó que Lucía enfrentó violaciones a derechos humanos durante el proceso penal; su detención no cumplió con los requisitos constitucionales ni legales necesarios para justificar una captura por flagrancia equiparada y durante la entrevista realizada por los policías aprehensores estuvo en estado de indefensión al no haber contado con la asistencia de abogado.
Posteriormente, el abogado que la defendió omitió invocar la figura jurídica de exceso en la legítima defensa, estrategia que habría proporcionado un contexto diferente a los hechos que se le imputaban. Además, el mismo defensor no solicitó la exclusión de los medios de prueba obtenidos en contravención a derechos humanos, es decir, la declaración de Lucía y la declaración de su hija, que habrían sido cruciales en la decisión del juez al emitir la sentencia condenatoria.


Aunado a ello, se corroboró que, por su condición, el caso de Lucía se encuadra en diferentes categorías de vulnerabilidad que señala la Ley de Amnistía del Estado de México, como ser mujer y sufrir varios tipos de violencia. Ella vivía con dos hijas, su cónyuge y su suegra en un pequeño departamento rentado que era insuficiente para las personas que lo habitaban, ahí era golpeada constantemente, recibía amenazas, insultos y abuso sexual. Además, tenía rezago educativo, pues sólo contaba con estudios de secundaria y su ingreso no alcanzaba para satisfacer sus necesidades básicas.
“Después de 14 años se hizo justicia, ojalá las leyes volteen a ver el lado humano y no sólo lo jurídico, no se sabe qué tanto se puede dañar, el Penal es un lugar de aprendizaje, la gente puede aprender a superarse, gracias a quien ayudó a que saliera, a la Comisión de Derechos Humanos y a todos quienes intervinieron”, explicó Lucía al salir de prisión.
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