Inicio Opinión “Yo no soy responsable de eso”… Autor: Federico Anaya Gallardo

“Yo no soy responsable de eso”… Autor: Federico Anaya Gallardo

Tengo tres buenas amigas que hicieron carrera en el Poder Judicial de la Federación. Dos de ellas fueron activistas de derechos humanos, otra se especializó en esa materia. Todas ellas han defendido las garantías individuales que protegen nuestros derechos humanos. Por eso me entristeció que una de ellas me dijese un día que los 90 mil mexicanos en prisión preventiva sin sentencia por más de dos años no eran su responsabilidad, sino del sistema judicial. Esta es la otra excusa perversa del funcionariado: atribuir a una cosa, llamada “el sistema”, que es realmente inexistente, la responsabilidad de la injusticia concreta.

Reconozco que el asunto es problemático. La situación de los 90 mil sin sentencia es sencilla sólo en teoría formalista: la Constitución ordena que los juicios penales no duren más de dos años (Artículo 20 Constitucional Apartado B [derechos de la persona imputada] fracción IX segundo párrafo). Y es verdad que una juzgadora particular (mi amiga, por ejemplo) no puede liberar a todos y todas las injustamente privadas de su libertad. Y ojo: tampoco es que se les daría la libertad lisa y llana. Se trata de una libertad más bien garapiñada y rebuscada: se trata de que el reo continúe bajo proceso con un brazalete electrónico, obligación periódica de firmar, prohibición de no viajar, etcétera.

Pero aquí aparece de nueva cuenta aquel defecto del funcionariado que te conté la semana pasada, lectora: la mayor parte de las juzgadoras penales prefieren no hacer nada hasta que su Superioridad (el tribunal supremo de cada estado, los colegiados de apelación federales) o la Justicia Federal así se los ordene. Sigue siendo extraño que llegado el límite constitucional de dos años, la persona juzgadora detenga el proceso, se pregunte si debe continuar la prisión preventiva y luego analice ordenar la libertad con otras medidas prudentes.

No les costaría nada hacerlo. ¿Quién les reclamaría? Por eso afirmo que cuando las personas juzgadoras dicen que los 90 mil sin sentencia no son su responsabilidad personal sino del “sistema”, están escondiendo su responsabilidad particular en cada uno de los casos que han llegado a su tribunal.

Si las varias asociaciones de juzgadores que hay en México se diesen cuenta de que es responsabilidad personalísima de cada persona juzgadora el respeto a este derecho humano y garantía constitucional, harían sendas peticiones para que ese tipo de liberaciones se ordenasen de manera sistémica desde el Consejo de la Judicatura que les corresponda. Pero no, esas asociaciones no hacen eso. ¡Lo que hacen es presentar amparos para que no les reduzcan los grandes salarios de que gozan! Por cierto que esto último, también es una responsabilidad personal que debemos reclamarles a esas personas juzgadoras. No cumplen la Constitución en un asunto esencial para sus reos, pero sí exigen su gruesa paga completa.

El 24 de abril de 2023, Jesús Silva-Herzog Márquez publicó en Reforma un comentario interesante en el que aseguró que “el sistema democrático depende a fin de cuentas, de una cuerda frágil: el decoro”. Coincido plenamente y me encanta la palabra propuesta por Jesús. Apunto que, adonde él habla de decoro (honor, comportamiento adecuado a la propia condición social) yo hablo de responder y de asumir responsabilidad. El verdadero decoro no puede quedarse en un comportamiento íntimo, adonde el árbitro final es la conciencia individual de la persona honrada que guarda decoro. Centrarnos en el honor personal es quedarnos en la superficie del fenómeno, adonde decoro es sólo adorno (las dos palabras están relacionadas con el latín decus). De lo que estamos hablando es de una relación social. El decoro del que habla Silva-Herzog Márquez se presenta ante la ciudadanía y es evaluado por el colectivo. Por eso es que nos dice que “la bóveda de todo régimen constitucional es delicada y esencialmente, ética”. El régimen constitucional es el edificio complejísimo, de mil habitaciones y diez mil sótanos en el que vivimos todas y todos.

Por cierto: el decus latino proviene del indoeuropeo dek, que significa tomar o aceptar. Y esa raíz se desarrolló en griego como δόξα (doxa) que significa al mismo tiempo gloria y opinión. De nuevo: la gloria no es una condición personal sino el reconocimiento (opinión) que una persona recibe de su colectivo.

Si me enredo en las etimologías, lectora, no es con ánimo culterano. La relación entre doxa-opinión y doxa-gloria o doxa-reconocimiento nos señala que la persona con responsabilidades públicas está sujeta a la opinión de sus conciudadanos y debe someterse al juicio ético de todas las mujeres y todos los hombres que le rodean. Aparte, doxa también es opinión en el sentido de posicionamiento personal en un debate… uno esperaría que las doxas de las personas juzgadoras estuviesen siempre inspiradas por el ánimo de hacer justicia en el caso concreto (eso que llaman equidad). Pero no. La responsabilidad de los 90 mil sin sentencia es “del sistema”. Yo veo en esto, muy poco decoro.

Resalto otra frase de Silva-Herzog Márquez: “a los jueces se les confía la delicada tarea de confrontar a los poderosos con el argumento de la ley”. El artículo de opinión de Jesús tiene una intención política. Defender a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de las críticas que está recibiendo de parte de los poderes electos y de una parte importante del electorado. Nos dice el ensayista que “un tribunal constitucional debe ser ajeno a las tentaciones de la popularidad” porque “su fundamento no es la representatividad sino el apego a la razón constitucional”.

Entiendo la argumentación y podría simpatizar con ella. Pero el recuerdo de los 90 mil sin sentencia me detiene.

El presidente de la República ha subrayado, en los últimos días, que es poco razonable que un poder no-electo corrija la plana a los poderes electos por el Pueblo. No está solo en esa crítica. Cuando la Corte Suprema de los EUA decidió en 1803 el famoso caso Madison vs. Marbury (5 U.S. 137), el presidente Jefferson señaló que era un terrible precedente precisamente por eso. Y atención lectora: en aquel pleito específico, la Corte le dio la razón al gobierno de Jefferson. Pero el padre fundador de la república angloamericana era persona congruente: creía que sólo los poderes originados en el voto popular (aunque fuese voto indirecto) debían ser iguales. En el largo plazo, sin embargo, el demócrata radical (Jefferson) perdió la partida y sus oponentes, los federalistas defensores de las élites (Adams y el Chief Justice Marshall) impusieron el principio de la revisión constitucional de todos los actos y leyes desde la Corte Suprema.

La idea de la revisión de constitucionalidad no parece tan mala. México la retomó muy pronto. Pero en 1857 la corrigió obligando a que los ministros de la Suprema Corte (y el Fiscal General) fuesen electos democráticamente. De esa manera se aseguraba que quienes analicen si un acto o una ley se apegan a la razón constitucional también sean responsables ante el Pueblo. No nos fue mal. Los ministros se eligieron democráticamente entre 1857 y 1917. Los sesenta años en los que se desarrolló y floreció el Juicio de Amparo –¡pese los treinta años de dictadura porfirista!

Es decir, el argumento de Silva-Herzog Márquez es falso por engañoso. Podemos tener un poder judicial originado y controlado por la vía democrática sin que su labor de control de constitucionalidad se afecte.

En el número 10 de la revista Sentido Común (marzo-abril de 2023) expliqué que lo que realmente distingue al poder judicial de los poderes ejecutivo y legislativo no es su modo de elección, sino su territorialidad. (Liga 1.) El poder judicial federal no es sólo la Suprema Corte. El tercer poder constitucional se encarna también en cientos de juzgados de distrito y tribunales colegiados. Y es en esa compleja maraña institucional (maraña indispensable para asegurar el análisis de cada caso concreto, su apelación y una resolución definitiva) que nadie se hace responsable de los 90 mil sin sentencia.

Lectora, ¿te parece que esto es decoroso?

Liga usada en este texto: Liga 1:
https://sentidocomunmx.com/revista/mysterium-iudicum/

Federico Anaya-Gallardo
Federico Anaya-Gallardo

Abogado y politólogo. Defensor de derechos humanos. Ha trabajado en Chiapas, San Luis Potosí y Ciudad de México. Correo electrónico: agallardof@hotmail.com

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