
De acuerdo con el tribunal, tanto el jefe de gobierno como el subsecretario de seguridad federal atentaron contra la independencia judicial al cuestionar al juez Roberto Omar Paredes Gorostieta
Aldo Canedo / OEM-Informex
Un tribunal federal ordenó al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama, eliminar de su cuenta de X (antes Twitter) unapublicación donde arremete contra el juez Roberto Omar Paredes Gorostieta por su supuesta responsabilidad en la liberación y huída de Fabián Oswaldo Solís, líder de la célula criminal Ronda 88.
El Vigésimo Tribunal en Materia Administrativa de la CDMX también dictaminó que la Jefatura de Gobierno de la CDMX y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno de la República deben publicar en X la versión pública de la sentencia, esto luego de que el subsecretario de seguridad, Luis Rodríguez Bucio, también se haya manifestado contra el juez en “La Mañanera” del 20 de marzo de 2024.
De acuerdo con la sentencia emitida en el expediente 212/2024, en ambos casos se vulneró la independencia del Poder Judicial, y las declaraciones de los funcionarios pueden afectar la imparcialidad de los juzgados.
Martí Batres publicó en la red social: “juez federal que puso en riesgo a la ciudadanía al permitir la liberación de un peligroso generador de violencia buscado por la @FiscaliaCDMX y facilitar su escape por la puerta de atrás del juzgado.”; asimismo señaló que “estos jueces no solo no colaboran con la búsqueda de justicia, sino se ponen también del lado de la delincuencia”.
Luego de las declaraciones de Batres y Rodríguez Bucio, el juez Roberto Omar Paredes Gorostieta promovió un juicio de amparo para que las autoridades bajen de sus redes sociales los contenidos donde le cuestionan. Sin embargo, la suspensión le fue negada en un primer momento, por lo que solicitó un recurso de queja ante un Tribunal.
Tras analizar el caso, el magistrado Fernando Silva García planteó en su ponencia otorgar la suspensión y las medidas cautelares que solicitó en un inicio. De acuerdo con la sentencia, pese al derecho a la libertad de expresión, en este caso se vulneró la independencia judicial y las declaraciones de los funcionarios podrían agraviar la imparcialidad del juzgador.
“Incluso tomando en consideración que estuviera en juego la pretendida libertad de expresión de los funcionarios públicos como lo son los “tweets” realizados por el Ejecutivo Local, lo cierto es que ésta no implica que se reconozca como un derecho absoluto y sin límites, debido a que dicho derecho puede colisionar con otros derechos o valores constitucionales como lo es la independencia judicial; de ahí que se reconozcan ciertas restricciones legítimas”, advierte el documento.
Además, el Tribunal apunta que “los funcionarios públicos deben ser especialmente cuidadosos de no entrometerse en esferas competenciales de otros poderes ni realizar expresiones de denostación que buscan influir o incidir negativamente sobre casos en trámite del recurrente quien debe estar protegido de injerencias indebidas a su función legal y constitucional encomendada”.
El pasado 7 de marzo, Fabián Oswaldo Solís, alias El Cachorro y presunto líder de La Ronda 88, escapó de un operativo de las fuerzas de seguridad cuando estaba por ser trasladado al Reclusorio Sur.
De acuerdo con la fiscalía capitalina, el presunto criminal salió del Centro de Justicia Federal sin pasar por los filtros que corresponden en este tipo de casos, lo que evitó que se cumplimentara una orden de aprehensión en su contra, según un comunicado.
La fiscalía acusó que El Cachorro fue “deliberadamente auxiliado para abandonar esa sede, una vez que un juez federal ordenó su libertad”.
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