Esta ley regula las patentes en México, eliminando el candado para producir medicamentos genéricos, en beneficio del bolsillo de los mexicanos
Jacob Sánchez | OEM-Informex
El Pleno del Senado aprobó en lo general, 106 a favor y 2 en contra, la expedición de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que regula las patentes en México, eliminando el candado para producir medicamentos genéricos, en beneficio del bolsillo de los mexicanos.
Además, contempla regulaciones a los modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas, avisos comerciales, nombres comerciales, protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas.
Es el primero de cinco proyectos que se enmarcan en la actualización jurídica del T-MEC, documento que busca regular los secretos industriales; prevenir actos que atenten contra la propiedad industrial o que constituyan competencia desleal; establecer sanciones y penas contra estos actos, así como fomentar y promover la actividad inventiva industrial.
El proyecto consta de 410 artículos, distribuidos en siete títulos. Además cuenta con 18 artículos transitorios para su correcta implementación y entrada en vigor.
Previamente, en comisiones se eliminó del artículo 57, fracción II, la adición que establecía que toda comercialización de medicamentos estaría prohibida mientras la patente se encuentre vigente, lo que iba en contra de genéricos y similares.
El artículo mantiene el texto que plantea que el derecho que confiere una patente no producirá efecto alguno contra: “un tercero que use, fabrique, ofrezca en venta o importe un producto con una patente vigente exclusivamente para generar pruebas, información y producción experimental necesarias para la obtención de registros sanitarios de medicamentos para la salud humana”.
También se suprimió del dictamen la adición del texto a la fracción IX del artículo 47, que planteaba que no se considerarán invenciones, en particular “la variación de uso, de forma, de dimensiones o de materiales de invenciones conocidas, salvo que esta variación implique un resultado industrial o un uso no obvio para un técnico en la materia”.
En el artículo 162 se precisó que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicará cuando menos semestralmente en la Gaceta, un listado de patentes relacionadas con invenciones susceptibles de ser empleadas en medicamentos alopáticos.
Ello, en los términos del artículo 167 Bis del Reglamento de Insumos para la Salud y con la coordinación con la autoridad sanitaria competente, para proporcionar la información que le requiera dentro del trámite de la autorización de comercialización de medicamentos alopáticos.
El dictamen incluye un mecanismo para garantizar que el Estado mexicano pueda otorgar licencias de utilidad pública para atender causas de emergencia o seguridad nacional, incluyendo las enfermedades graves declaradas de atención prioritaria por el Consejo de Salubridad General.
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Julio,
¿Leíste la Ley publicada en el DOF?
Permite patentar descubrimientos, si se descubre otro uso para un medicamento, se puede prolongar la patente.
Tiene muchas trampas para prolongar el tiempo de las patentes.
Tiene contradicciones, porque prohíbe patentar lo que se derive de las práctica actual (con otras palabras),
En el trabajo científico hay muchos métodos que son práctica común en muchos laboratorios, por ejemplo, si se tiene la secuencia genética del coronavirus, se puede insertar la secuencia que genera la proteína de la superficie que servirá para elaborar vacunas, insertándola en otro organismo como una bacteria. Después hay que separarla con alguno de los métodos conocidos, y hay que ponerla en algún vehículo como micelas, (burbujas microscópicas) para poder administrarla, u otros métodos que rutinariamente se usan en la producción de vacunas.
Son métodos muy elaborados, pero ya son parte de las técnicas de uso rutinario.
¿Debe ser objeto de patente algo que se deriva de un trabajo actualmente rutinario? Yo pienso que no.
En México hay varios laboratorios que pueden producir vacunas contra el cov-sars2 con distintos métodos, se puede rehabilitar la empresa estatal que producía las vacunas antes de que la desmantelaran para hacer sus negocios.
¿Por qué no se ha echo así?, sino que se hizo un contrato con laboratorios multinacionales en condiciones que yo no conozco pero que no creo que vayan a ser tan generosos como para que sea una patente abierta para que cualquiera pueda producirla en cualquier momento, no solo durante la pandemia. No conozco los términos ¿tú sabes cuales son las condiciones de esa “sociedad” para producir la vacuna?
La ley abunda en trampas para eternizar las patentes, que la mucha gente no puede ver cuando no tiene ni la menor idea de lo que son la ciencia y la tecnología, porque imagina que las cosas se inventan por inspiración divina como en las películas y no como producto de un trabajo sistemático.
Ojalá pudieras entrevistar a gente que puede analizar esta nueva ley y que está en contra de los artículos que abren las puertas a prácticas que son adversas para México.
Hay laboratorios que actualmente producen genéricos y se van a amparar contra la ley, pero no encontré nada al respecto en una búsqueda sencilla en la internet.
Ojalá pudieras sacar algún reportaje antes de que venza el tiempo para tramitar un amparo.
Faltó poner que lo que se deriva de trabajo rutinario está prohibido, como debe ser, en algunos artículos.
Pero en otros, lo permite.
Espero que te apasione este tema para podel leer un artículo con la excelente calidad y postura crítica que acostumbras sobre este tema.