
Los ministros suscribieron de manera unánime el recurso otorgado por la ministra Norma Piña Hernández a favor de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece)
Alfredo Fuentes l OEM-Informex.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la suspensión otorgada en septiembre pasado en contra de la política de gas natural que obliga a las empresas privadas a abastecerse de gas natural exclusivamente de Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
En sesión de este miércoles, los ministros suscribieron de manera unánime el recurso otorgado por la ministra Norma Piña Hernández a favor de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
Dicho órgano promovió una acción de inconstitucionalidad en contra de las normas publicadas los acuerdos dictados en los oficios SENER.100/195/2022 y CENEGAS-UGTP/00434/2022 que establecen que las empresas privadas sólo se podrían abastecer de gas natural a través de Pemex y CFE.
Al considerar que es una medida que atenta contra la competencia en el mercado de los combustibles, dos meses después de que fueran emitidos dichos acuerdos, la Cofece presentó el recurso que posteriormente fue aprobado por la ministra Piña Hernández.
Ante esta decisión de la hoy presidenta de la SCJN, el presidente Andrés Manuel López Obrador interpuso un recurso de reclamación con el cual pretendía retomar las acciones establecidas por la Secretaría de Energía (Sener) y el Centro Nacional de Control del Gas Natural (Cenegas).
Sin embargo, sin mediar discusión los cuatro integrantes de la Primera Sala coincidieron esta tarde con Piña Hernández y declararon inconstitucional el asunto, por lo que ahora tendrá que recurrir al Pleno para intentar revocar los fallos que impiden desempeñar la “Estrategia de garantía de suministro para la optimización de capacidad en el Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural” como originalmente fue delineada.
Hasta entonces las empresas se pueden abastecer de gas natural del proveedor que prefieran, aunque sólo beneficia a las que promovieron amparos en contra de las medidas.
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