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SCJN declara inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (nota de Rafael Ramírez en OEM-Informex)

La creación del Panaut planteaba que los usuarios de telefonía móvil debían otorgar sus datos biométricos para acceder a este servicio. / Foto: Roberto Hernández | OEM-Informex

La Sala Superior consideró que la creación del Panaut constituía un riesgo sobre el derecho a la privacidad y la intimidad de los usuarios

Rafael Ramírez | OEM-Informex

El Pleno de la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió este lunes, por unanimidad, que es inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

De acuerdo con el fallo de la Sala Superior, la creación de este padrón constituía un riesgo al derecho a la privacidad y la intimidad de los usuarios, por lo que declaró inconstitucional todo el sistema que regula el Panaut.

El proyecto fue elaborador por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien planteó a los otros 10 miembros de la Sala Superior de la SCJN que se debía anular en su totalidad la reforma para la creación del Panaut y modificar los argumentos de su creación.

Al discutir el proyecto, Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, ministro presidente la Corte, expresó que no se tenía certidumbre de la seguridad del uso de los datos del padrón y añadió que el Estado no podía justificar que tuviera bajo su custodia la información privada de los ciudadanos.

En su oportunidad, la ministra Yasmín Esquivel Mossa precisó que las normas que regulan el padrón son sobreinclusivas y no toman en cuenta que los usuarios de plan tarifario están plenamente identificados. Por ello, planteó que se debía identificar únicamente a los usuarios de prepago, sistema que se presta para la comisión de delitos escondidos en el anonimato.

Asimismo, propuso exhortar al Congreso de la Unión para que legisle respecto a que sean los distribuidores y concesionarios los que registren a los usuarios de prepago.

Con anterioridad senadores de oposición, así como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) promovieron sendos recursos de inconstitucionalidad en contra del decreto para crear el Panaut, al considerar que su puesta en marcha podría vulnerar diversos derechos humanos.

El 16 de abril del 2021 el Congreso de la Unión publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicación y Radiodifusión, que tenía como objetivo crear una base de datos con información de personas físicas y morales con una línea telefónica a nivel nacional.

Esto, bajo el argumentó de que con la base de datos del Panaut, el gobierno iba a colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados a la comisión de delitos como extorsión y fraude.

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