
La fecha límite para personas morales es el 30 de mayo; mientras que, para físicas, el 29 de junio
Javier Zambrano | OEM-Informex
Las empresas que hayan obtenido ganancias y que no cumplan con el reparto de utilidades, serán sancionadas con una multa que va de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), esto representa un pago que podría ir de los 25 mil 935 pesos a los 518 mil 700 pesos, tomando en cuenta que actualmente el valor diario de la UMA es de 103.74 pesos.
La fecha límite para que las personas morales cumplan con esta prestación es el próximo martes 30 de mayo; mientras que, para las personas físicas, será el 29 de junio.
La dependencia federal reitera que las utilidades se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos.
En este sentido, la cantidad límite a repartir es de tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los tres últimos años, lo que resulte más favorable al trabajador.
Los empleados de planta y eventuales que tienen derecho a este pago, son lo actualmente activos, así como los que laboraron como mínimo 60 días durante el año.
En caso de que los trabajadores no reciban las utilidades en la fecha correspondiente, deben enviar su denuncia al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx.
“El derecho de las personas trabajadoras en las utilidades de las empresas es un mecanismo que estimula la productividad, ya que se concibe como una retribución al esfuerzo. Además, contribuye a generar mejor distribución de la riqueza y mayor justicia social” reiteró la secretaría.
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