SCJN desecha recurso de Hacienda y ordena al SAT devolver más de 103 millones de pesos adicionales a Televisa por pago indebido.
Óscar Eduardo Guzmán | Quinto Poder
Una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) obligará al gobierno federal a devolver más de 100 millones de pesos adicionales a Grupo Televisa. El caso se originó por un cobro de impuestos que la empresa consideró indebido y que ya había sido parcialmente reembolsado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La resolución implica que el SAT deberá pagar 103 millones 073 mil 347 pesos extra, que se suman a los 288 millones 671 mil 887 pesos que ya habían sido devueltos anteriormente. En total, la cantidad supera los 391 millones de pesos, incluyendo intereses y actualizaciones.
La empresa beneficiada está vinculada a Emilio Azcárraga Jean. Sin embargo, el comunicado oficial de la Corte no mencionó el nombre de la compañía; fue durante la discusión pública cuando se identificó a Televisa como la parte favorecida.

¿Por qué la Corte rechazó el recurso de Hacienda?
La Secretaría de Hacienda intentó frenar la devolución presentando un recurso ante la SCJN. Sin embargo, la mayoría de los ministros determinó que Hacienda no tenía derecho legal para impugnar el caso en esa instancia.
El argumento central fue que el tema discutido era de “legalidad” y no de “constitucionalidad”. En términos simples, la Corte explicó que solo puede revisar asuntos donde se discuta si una ley viola la Constitución. En este caso, se trataba de cómo se aplicó la ley, no de si era constitucional.
El proyecto fue presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo y aprobado por seis votos contra tres. Con esa mayoría, el recurso fue desechado y quedó firme la orden de devolución al SAT.
¿Hubo desacuerdos dentro de la SCJN?
Sí. Tres ministros votaron en contra de desechar el recurso. Entre ellos, la ministra Lenia Batres, quien señaló que decisiones de este tipo pueden afectar la recaudación de impuestos.
Batres afirmó que cuando se rechazan recursos por cuestiones técnicas, se puede generar un perjuicio al Estado. También expresó que la negativa puede implicar afectaciones por miles de millones de pesos en otros casos similares.
La ministra María Estela Ríos sostuvo que Hacienda sí tenía derecho a presentar el recurso, porque había sido reconocida como “tercero interesado” en el juicio previo. El ministro Arístides Guerrero también votó en contra, aunque no fijó postura pública durante la sesión.
¿Qué decidió la Corte sobre los intereses en devoluciones?
Además del caso concreto, la SCJN fijó un criterio general sobre devoluciones fiscales. Determinó que no siempre es obligatorio pagar intereses cuando una persona o empresa gana un juicio que anula un crédito fiscal previamente pagado.
La Corte explicó que los intereses solo deben pagarse si la sentencia ordena expresamente la devolución por pago indebido. Este criterio delimita la aplicación del artículo 22-A del Código Fiscal de la Federación y establece una regla que deberá aplicarse en casos similares.
En este asunto específico, la devolución a Televisa incluye intereses y actualizaciones, de acuerdo con lo informado en la sesión y en el posicionamiento público posterior.

¿Qué sigue ahora?
Con el recurso desechado, la decisión es definitiva en esa vía. El SAT está obligado a realizar la transferencia del monto adicional ordenado. La Corte no analizó si el cobro original fue correcto o incorrecto; únicamente resolvió que Hacienda no podía impugnar el amparo en la instancia constitucional.

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