Recuerda que es obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma pues en caso de incumplimiento, se hará acreedor a una multa.
Bertha Becerra | OEM-Informex.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), orienta y asesora a los trabajadores sobre el derecho que se establece en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo a recibir aguinaldo, que es irrenunciable. Y que deberá recibirse antes del 20 de diciembre de cada año, el equivalente, como mínimo de 15 días de salario.
De acuerdo con la legislación vigente, quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar labore o no en la fecha de adjudicación del aguinaldo, deberán de percibir la parte proporcional del mismo, conformo el tiempo laborado.
El pago del aguinaldo les corresponde a las y los trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o por tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado, sujeto a prueba o capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores entre otros, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Dicha norma establece que es una obligación del empleador, pagar el aguinaldo en tiempo y forma. Y en caso de incumplimiento se hará acreedor a una multa.
Oficinas de atención para el aguinaldo
Sí las y los trabajadores tienen dudas de cuánto debe recibir y cuándo, se atienden y resuelven en la Ciudad de México en las siguientes oficinas:
Dr. José María Vertiz #211, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc. También en la Unidad Móvil que se ubica afuera de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en la CalzadaAzcapotzalco-La Villa #311, colonia Santo Tomás, Alcaldía Azcapotzalco, hasta el 30 de noviembre.
Y en toda la República, se cuenta con 47 representaciones, cuya consulta se puede hacer en la página de https://www.gob.mx/profedet
También se brinda atención telefónica 800 911 7877; 800 717 2942 y 55 59 98 2000, extensiones 44740 y 44741.
Además, el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mxy el número de Whatsapp 55 14 84 87 37
Subraya la Profedet que todos los servicios que ofrece son gratuitos.Ningún servidor público o persona ajena a la dependencia puede cobrar por la asesoría u orientación que brinda esta institución.
Y en caso de ser víctima de este tipo de prácticas, las personas pueden levantar su denuncia al correo: quejasdelservicio@stps.gob.mx o al número 55 59 98 20 00 ext. 44750 y 44917.
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