El Anteproyecto de Ley General de Educación Superior. Autor: Federico Anaya Gallardo

La Subsecretaría de Educación Superior del gobierno federal presentó, en octubre de 2019, un Anteproyecto de Ley General de Educación Superior (LGES) y llamó a la sociedad a discutirla. De entrada, se celebraron reuniones de análisis en todas las entidades federativas. Lo discutido en ellas puede consultarse en detalle (liga 1). Pese a la importancia del asunto, el tema no ha penetrado en el círculo rojo del debate nacional. Salvo en un caso: la cuestión de si la educación superior debe considerarse un derecho humano universal. El Anteproyecto señala, en su artículo 2, que “la educación superior es un derecho humano y un bien público social, que será garantizado por el Estado”; pero el artículo 6 restringía ese derecho al decir que “el Estado garantizará el derecho de toda persona … a tener la posibilidad de recibir educación superior…”. Este bizarro “derecho a la posibilidad” fue duramente criticado por Hugo Aboites desde La Jornada (liga 2). Para febrero de 2020, la nueva Comisión Nacional de Derechos Humanos se unía a la crítica, señalando que la ley secundaria no podía hablar sólo de la posibilidad de un derecho (Comunicado de Prensa DGC/023/2020). Sócrates Silverio Galicia Fuentes, profesor de Chapingo, hizo un resumen de los debates sobre el Anteproyecto reportando que en las versiones más avanzadas del mismo se había eliminado parcialmente la restricción del artículo 6 y se habían logrado otros avances (liga 3). Uno de ellos, cerrar el paso a la indebida injerencia de intereses privados en los espacios propuestos por el Anteproyecto. Galicia Fuentes criticó el “enorme y burocrático Sistema Nacional de Evaluación de la Educación Superior (SNEES) con fuerte participación de los empresarios” que se proponía y reportó que en una nueva versión del Anteproyecto, de marzo de 2020, ese SNEES había sido descartado.

La realidad se impone. El 24 de junio de 2020, Reforma publicó una tabla mostrando la participación de las IES privadas en la provisión de educación superior –a partir de datos de ANUIES. Sólo llega al 28%. Es decir, 72% de los servicios educativos de tipo superior se proveen a través de IES públicas. ANUIES reportó que en el ciclo escolar 2018-2019 había 3’441,621 estudiantes inscritos en modalidad escolarizada en licenciatura. Reporta que 2’406,621 (69.92%) estaban inscritos en instituciones de “sostenimiento público”, mientras que 1’035,000 (30.7%) cursaban clases en instituciones de “sostenimiento particular”. No estoy muy seguro cómo hizo Reforma para bajar 3 puntos a las IES privadas, pero la realidad es clara. La educación superior mexicana es mayoritariamente una tarea pública –aunque un tercio no es poca cosa.

La poca participación del sector privado en este ámbito queda manifiesta si, con los datos de ANUIES, examinamos la cobertura que ofrecen las IES privadas “robustas” que, como ya comenté en otra colaboración, han recibido un estatuto de autonomía como escuelas libres universitarias. La cobertura de estas instituciones es diminuta. Revisando los datos de ANUIES, por ejemplo, la Universidad Tecnológica de México tiene presencia en cinco estados y un total de 52,784 estudiantes (1.53% del total nacional). El ITESM (Tec de Monterrey) tiene más campus, en 19 entidades federativas, pero tiene menos estudiantes: 44,932, el 1.30% de la matrícula universitaria nacional. Las universidades jesuitas están en seis estados y sólo tienen 30,963 estudiantes (0.89% de la población universitaria nacional). El ITAM sólo cuenta con una sede (en la capital federal) y atiende a 5,728 estudiantes, apenas el 0.16% de la matrícula nacional. La Universidad del Valle de México, que no tiene estatus de escuela libre universitaria y que es la más notoriamente comercial de las IES privadas tiene presencia en 17 entidades federativas y 52,872 estudiantes (el 1.53% del total nacional). Estas cifras y porcentajes nos indican que la oferta privada de educación superior está muy atomizada. Junto a las IES privadas robustas tenemos casos como la Escuela Superior Nido de Sócrates, en El Espinal, Oaxaca al sur del Istmo de Tehuantepec que ofrece la licenciatura en Ciencias de la Educación y tiene una persona estudiante.

¿De dónde entonces la compulsión por abrir espacios de opinión e influencia a un empresariado que no se ha comprometido en tan importante tarea? Llevan razón los profesores Aboites (UAM) y Galicia (Chapingo) en su crítica. Ciertamente, la cobertura total de educación superior apenas cubre al 37% de los potenciales aspirantes. Es decir, nuestro sistema de educación superior debe triplicarse. ¿Cabe esperar que el empresariado asuma ese trabajo? No. Sobre esto, un retazo de historia reciente y una referencia teórica. El retazo: en su ensayo biográfico sobre Lorenzo Garza Zambrano, “El regiomontano discreto”, incluido en Los Amos de México de Jorge Zepeda Patterson (Planeta, 2007), Lorea Canales relata cómo el legendario directivo de Cemex renovó el Tec de Monterrey asegurándole a esa IES no sólo un modelo de negocio razonable sino flujos continuos de donaciones. Lo mismo nos reporta Rossana Fuentes-Berain en su libro Oro Gris (Aguilar, 2007) adonde esboza un paralelo entre Zambrano y el mecenas renacentista Lorenzo El Magnífico.La referencia histórica: Adam Smith enumeró la educación superior entre aquellas instituciones de altísima utilidad para la sociedad pero en las cuales la ganancia es tan pequeña que no podría pagar a buen tiempo la inversión de un solo individuo o incluso de un grupo pequeño de personas (Riqueza de las Naciones, Libro V, Capítulo I, Parte III, 1776). Experiencia práctica y teoría liberal indican que la expansión de la oferta educativa de tipo superior deberá descansar en los hombros del Estado.

Dicho lo anterior, cabría preguntarse si la preponderancia presente y futura del sector público en la educación superior no representaría un riesgo para la pluralidad que tanto Sergio García Ramírez (La Autonomía Universitaria en la Constitución y en la Ley, 2005) como el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (Espino vs. Nicolaíta, 2018) consideran un rasgo esencial de la educación universitaria.

El Anteproyecto de LGES parece asegurar la diversidad en la oferta de educación superior al proponer tres subsistemas: Universitario, Tecnológico y Normal (artículo 21). Esta clasificación es enojosa, pues al comparar los dos primeros (artículos 23 y 25) uno descubre que tenemos en cada subsistema casi el mismo tipo de instituciones –que se clasifican de acuerdo a su origen jurídico. En el subsistema universitario se incluyen las universidades interculturales, una denominación que podría estar conectada a la pluralidad o a la diversidad (artículo 23 fracción II inciso f). Pero no hay un equivalente en el subsistema tecnológico. ¿Acaso no podría o no debería existir un acercamiento intercultural a la tecnología? ¿De qué habla el secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Toledo Manzur, cuando llama a recuperar la memoria biocultural de los pueblos indígenas? Toledo acaba de señalar, en una conferencia, que nuestra sociedad debe re-arreglarse en términos sociales, de organización, gobernanza y tecnologías (liga 4).

En mi opinión, la sección del Anteproyecto sobre los subsistemas es un ejercicio de clasificación que debería cuestionarse, pero que no tiene que ver con la pluralidad, elemento esencial de la educación superior en la visión del doctor García Ramírez y del ministro Gutiérrez Ortiz Mena. Para abordarlo adecuadamente, la LGES debiese abordar el tema de las comunidades académicas que forman toda IES. De esto, el Anteproyecto no dice casi nada. Sobre los componentes de una comunidad académica, estudiantes, académicos y trabajadores, la propuesta de ley contiene elementos desordenados. En el artículo 4 fracción XIV nos dice que personal académico y estudiantes son “elementos” del “programa educativo”. Por otra parte, estudiantes, personal académico y personal administrativo “integran” el Sistema Nacional de Educación Superior (artículo 15 fracciones I y II). Estudiantes y profesores deben participar en los varios espacios que el Anteproyecto propone, pero no se habla del espacio colegiado esencial: aquél en el cual estudiantes, académicos y trabajadores discuten qué es “lo académico”.

Por lo mismo, una de las propuestas más fuertes del Anteproyecto se pierde. En el artículo 11 fracción VIII se establece como uno de los principios que han de orientar la educación superior mexicana “la prevalencia de criterios académicos en el nombramiento de autoridades y en la gestión de las instituciones públicas de educación superior … sobre cualquier otra consideración ajena a la educativa.” ¿Quiénes determinan que un criterio es más o menos “académico”? La respuesta evidente es: estudiantes, profesores y trabajadores de la IES. Pero de ellos nada se dice.

En contraste, véase la Ley de la UACM de 2005. En la misma no se encontrarán reglas orgánicas (rectorías, juntas de gobierno, secretarías generales, etcétera) sino sólo la existencia de un consejo universitario que paritariamente representa a quienes forman la comunidad. La Ley define a la comunidad académica como centro de la IES y determina los intereses legítimos de estudiantes (artículo 6) y profesores (artículo 7), así como los derechos esenciales de los trabajadores (artículo 5).

Acaso lo mismo debiese hacer la LGES, pues toda IES tiene en su seno una comunidad académica con iguales componentes. Se requeriría una enunciación mínima de los derechos de cada cual. Ejemplo, que toda persona sea protegida en contra de la violencia de género, que es un problema que afecta igual a “universidades”, “tecnológicos”, “normales” y “particulares”. Debiese establecerse que los estudiantes tienen interés legítimo en recibir los apoyos necesarios para que su derecho a la educación superior sea efectivo. Que los académicos tienen derecho a un salario decoroso que asegure su libertad de cátedra y permanente actualización. Que los trabajadores deben contribuir a lo académico y no a la creación de burocracias doradas.

La LGES es reglamentaria de la fracción VII del Artículo 3º Constitucional –que consagró la autonomía universitaria. Y adonde hay autonomía hay una comunidad académica que se autogobierna. Y esto es verdad incluso cuando jurídicamente una IES no ha sido declarada autónoma –como muy a su pesar aprendió en el IPN la Dra. Yoloxóchitl Bustamante Díez. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido con bastante precisión en qué consiste este autogobierno comunitario. De ello trataré en mi siguiente contribución, con la que cierro esta ya larga serie sobre las IES. Allí veremos cómo la comunidad es siempre el baluarte de la pluralidad y la diversidad.

Las ligas de este artículo:

Liga 1:
https://www.educacionsuperior.sep.gob.mx/LGES/concentrados

Liga 2:
https://www.jornada.com.mx/2019/11/09/opinion/018a1pol

Liga 3:
https://www.jornada.com.mx/2019/11/09/opinion/018a1pol

Liga 4:
https://www.portalambiental.com.mx/sustentabilidad/20200623/toledo-invita-a-reflexionar-desde-la-memoria-biocultural

agallardof@hotmail.com

Comenta

Deja un comentario