De no presentar tu declaración anual puedes acreedor de distintas multas
Si todavía no presentas tu declaración anual ante el Servicio de Atribución Tributaria (SAT) te tenemos buenas noticias, pues el órgano fiscal dio una prórroga para realizar este trámite; para que evites sanciones económicas, aquí te contamos todo lo que debes saber al respecto.
El SAT anunció que la fecha límite para presentar la declaración anual de impuesto para personas morales será el próximo 3 de abril y no el 31 de marzo como se había contemplado en un inicio.
El órgano fiscal informó que este plazo se da debido a una disposición del Código Fiscal de la Federación (CFF) que establece que si la fecha límite para realizar un trámite cae en un día en el que la oficina está cerrada o en un día festivo, ésta se extenderá hasta el siguiente día hábil; es por ello que la prórroga se extenderá hasta el 3 de abril.
Recuerda que de no presentar tu declaración anual puedes acreedor de distintas multas:
- De mil 400 a 17 mil 370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
- De mil 400 a 34 mil 730 pesos por cada obligación a que estés obligado, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
- De 14 mil 230 a 28 mil 490 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, prentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.
- Si no cumples dentro del plazo que se indica en el requerimiento procede una multa adicional. Puedes presentar la declaración con posterioridad y de existir un saldo a cargo debes pagar, además de tu impuesto determinado, la actualización y los recargos que en su caso procedan.
Requisitos para presentar la declaración anual
- Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC, contraseña o e.firma.
- Contar con la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.
- Para pagar por transferencia electrónica a través del banco, es necesario tener una cuenta con servicio de banca electrónica.

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