Darán siete años de prisión a quien viole un sepulcro o féretro.
Arturo Pansza | OEM-Informex.
Diputados de las ocho fracciones y asociaciones parlamentarias del Congreso de la Ciudad de México dispusieron aumentar las sanciones a quien ofrezca, difunda o distribuya por cualquier medio de intercambio, cadáveres humanos y sus partes o los exhume sin los requisitos de ley.
Legisladores estuvieron de acuerdo en hacer reformas al Código Penal del Distrito Federal, a fin de imponer prisión de tres a seis años o de cincuenta a doscientos días de multa, al que oculte, destruya, exhume o sepulte un cadáver, así como restos o fetos humanos, sin los requisitos legales.
También procederá la sanción si se hace con la violación de derecho o sin la orden de la autoridad. Tienen que hacerse los trámites establecidos en los Códigos Civil y Sanitario o leyes especiales.
Los representantes populares apoyaron imponer de uno a siete años de prisión, al que viole un túmulo, sepulcro, sepultura o féretro o al que profane un cadáver o restos humanos con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad, necrofilia, comercio, rituales o cualquier otro no señalado en la ley o por resolución judicial.
Si los actos de necrofilia se hacen consistir en la realización del coito, la pena de prisión será de cuatro a ocho años.
Luego del impacto que generó el caso del bebé Tadeo, quien falleció en la Ciudad de México, pero su cadáver fue robado y encontrado en un basurero de un penal de Puebla, los diputados avalaron el dictamen.
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