El trámite se puede realizar de manera digital y también existe la posibilidad de obtener una devolución de impuestos
Este 31 de marzo vence el plazo para que las personas morales presenten su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El trámite se puede realizar de manera digital y también existe la posibilidad de obtener una devolución de impuestos.
Para ello los contribuyentes deberán ingresar al portal del SAT, dirigirse al apartado de “Declaraciones” y utilizar la aplicación que corresponda a su régimen fiscal.
Deberán contar con su RFC, contraseña y e.firma; su información contable-fiscal de ingresos, deducciones, pérdidas fiscales e inversiones, entre otros; al igual que pagar las retenciones realizadas por salarios, asimilados y dividendos.
Una vez que se haya enviado la declaración, si resulta cantidad a pagar, el acuse de recibo dará una línea de captura para realizar el pago por transferencia bancaria.
Si los contribuyentes necesitan generar o renovar su contraseña y renovar la e.firma, lo pueden hacer por medio de SAT ID, descargando la aplicación en su celular o a través de la página satid.sat.gob.mx.
También podrán obtener orientación telefónica en el teléfono 55 627 22 728, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas.
ESTE CONTENIDO ES PUBLICADO POR julioastillero.com CON AUTORIZACIÓN EXPRESA DE OEM-Informex. Prohibida su reproducción.
Consejos para el pago de impuestos en plataformas Fintech (nota de A. Amigon en NotiPress)







