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A sus 42 años, Juan logró que su padre le entregara pensión alimenticia (nota de Rubén Pérez en OEM-Informex)

Foto: Poder Judicial Edomex

Se analizó que la posibilidad de reclamar el pago de los alimentos no se limita a la minoría de edad, toda vez que ello sería discriminatorio

Rubén Pérez | OEM-Informex

Un caso de pensión alimenticia fue tomado y estudiado por el Poder Judicial del Estado de México, donde una persona que hoy tiene 42 años logró acceder a sus derechos alimenticios, luego de denunciar a su padre.

Se trata de Juan, identificado sin apellidos para proteger su identidad, de acuerdo con las disposiciones del Poder Judicial, quien después de llevar una vida de carencias y limitacionesconsiguió que su progenitor respondiera y le entregará pensión alimenticia.

Se trata de Juan, identificado sin apellidos para proteger su identidad, de acuerdo con las disposiciones del Poder Judicial, quien después de llevar una vida de carencias y limitacionesconsiguió que su progenitor respondiera y le entregará pensión alimenticia.

Este caso, según el Poder Judicial estatal, muestra que Juan estuvo obligado a trabajar desde pequeño y frenar sus sueños de ser médico. Hoy, con 42 años de vida, logró el reconocimiento legal de su padre, el pago retroactivo de alimentos y pensión alimenticia mientras realice sus estudios universitarios.

Desde pequeño fue testigo del esfuerzo de su madre para sacarlo adelante, quien dobló turnos e incluso migró a otro país. Pero no fue suficiente para convertirse en médico cirujano, pues tuvo que truncar sus estudios para trabajar y apoyar en los gastos de su hogar.

No obstante, pese a las adversidades, Juan nunca dejó de perseverar y tras años de esfuerzo entró a estudiar la licenciatura que le permitirá ayudar a otras personas, como lo anhela.

El caso fue estudiado por el Poder Judicial del Estado de México. Con sentido humano, se consideraron artículos del Código Civil estatal, como el 4.127 el cual indica que “tienen derecho a recibir alimentos las y los hijos menores de edad o mayores de edad que se dediquen al estudio“.

En este caso se analizó que la posibilidad de reclamar el pago de los alimentos no se limita a la minoría de edad, toda vez que ello sería discriminatorio; además, se fundamentó, pues el adulto estudia actualmente y así, se subsana una infracción que ocurrió en el pasado, cuando su padre se negó a proporcionarle lo necesario.

Asimismo, se tomó en cuenta que los sucesos en la vida de Juan derivaron de la falta de apoyo de su progenitor, toda vez que, pese a su interés e independencia para salir adelante, la parte económica lo orilló a retardar sus estudios.

En lo que va del año, el Poder Judicial del Estado de México ha dictado 495 sentencias de pensión alimenticia en beneficio de hijas e hijos menores de edad o mayores dedicados al estudio; personas con discapacidad; adultos mayores; a cualquiera de los cónyuges o concubinos que se hayan dedicado al trabajo del hogar; y a cuidadores a cargo de personas imposibilitadas física o mentalmente para trabajar. Esta sentencia, según el Poder Judicial, muestra una visión innovadora, basada en el análisis de la protección de los derechos humanos.

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