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Un juez ordena a Pemex reintegrar el pago de la pensión post-mortem a María Amparo Casar (por Isaac Rosales de Astillero Informa)

Fotos: Cuartoscuro

La presidenta de MCCI se volvió beneficiaria de esta pensión desde octubre de 2004, poco después del fallecimiento de su esposo, Carlos Márquez Padilla, quien fungió como ex coordinador de asesores de la petrolera

Isaac Rosales | Astillero Informa

Ricardo Guzmán Wolffer, juez Sexto de Distrito en materia de Trabajo, ordenó a Petróleos Mexicanos (Pemex) reintegrar el pago de la pensión que María Amparo Casar, presidenta de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), recibía por la muerte de su esposo, Carlos Márquez Padilla, quien fungió como ex coordinador de asesores de la petrolera.

El juez federal le concedió a la también analista política una suspensión de plano luego de que esta interpusiera una demanda de amparo en contra de Pemex por retirarle la pensión post-mortem sin motivo alguno.

SE CONCEDE LA SUSPENSION DE PLANO, para que se reintegre el pago de la pensión a los que tiene derecho (los faltantes y los que se generen); a menos que exista ordenamiento firme jurisdiccional o administrativo, en el que se le hubiere respetado a la quejosa el derecho de defensa, que ordenara la cancelación del pago de la pensión, ya que una vez generado el derecho a percibir esos beneficios, constituyen derechos adquiridos por los beneficiarios del extinto trabajador y no pueden suspenderse unilateralmente por el patrón, establece el documento.

No obstante, el juez indicó no puede seguir conociendo sobre el amparo, ya que el asunto es de naturaleza administrativa. Por esta razón, ordenó que la demanda de amparo fuera turnada a un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa.

“…La relación surgida entre el pensionado o beneficiario y Petróleos Mexicanos, constituye una nueva relación de naturaleza administrativa, en la que éste actúa con el carácter de autoridad, puesto que puede crear, modificar o extinguir por sí o ante sí la situación jurídica del pensionado”.

“En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 48 de la Ley de Amparo, este Juzgado Federal se declara legalmente incompetente por razón de materia para conocer de la demanda de amparo promovida por María Amparo Casar por derecho propio, contra los actos que reclama de Petróleos Mexicanos; por tanto se ordena remitir los autos originales del presente juicio de amparo a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, para que a su vez sea turnado al Juzgado correspondiente para su substanciación“.

Amparo Casar se volvió beneficiara de dicha pensión después del fallecimiento de Márquez Padilla en 2004 y por la cual recibía 125 mil pesos mensuales.

Sin embargo, Octavio Romero Oropeza, director general de Pemex, y el mismo presidente López Obrador la acusaron de haberse reunido con Bernardo Bátiz, procurador General de Justicia del extinto Distrito Federal entre el 2000 y el 2006, para solicitarle cambiar la causa de muerte de su esposo.

Es decir, pretendía que en el dictamen quedara establecido que su fallecimiento se debió a un accidente y no a un suicidio. De haberse quedado esta última causa, María Amparo Casar no hubiera podido recibir la pensión por viudez.

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