
Las órdenes ejecutivas anunciadas por Donald Trump abren la puerta que los cárteles y los migrantes sean objetivos militares
Juan Carlos Rodríguez y Juan Pablo Reyes | OEM-Informex
Donald Trump, presidente de Estados Unidos, firmó este lunes una orden ejecutiva para declarar a los cárteles del narcotráfico como organizaciones terroristas; sin embargo, esta denominación aún debe pasar por una serie de pasos antes de concretarse.
La Orden Ejecutiva para declarar a los cárteles de la droga como organizaciones terroristas extranjeras abre la puerta para que Trump pueda desplegar al Ejército estadounidense fuera de su país para perseguir a estos grupos criminales.
De acuerdo con la Ley Pública 104-132 o Ley Contra el Terrorismo, el presidente de Estados Unidos puede hacer uso de la fuerza militar para interrumpir, desmantelar y destruir la infraestructura utilizada por una organización formalmente llamada terrorista.
“El presidente debe utilizar todos los medios necesarios, incluida la acción encubierta y la fuerza militar, para interrumpir, desmantelar y destruir la infraestructura internacional utilizada por los terroristas internacionales, incluidas las instalaciones de entrenamiento terrorista en el extranjero y los refugios seguros”, dicta la legislación promulgada en 1996.
Sin embargo, es un procedimiento, como asegura el abogado y especialista César Gutiérrez Priego, “con ciertos candados, el cual podría tardar bastante tiempo” pues requiere la intervención del Congreso de los Estados Unidos así como del Poder Judicial. Incluso el caso podría escalar hasta la Corte Suprema de ese país.
“Hay que recordar que la firma de una orden ejecutiva, que es un equivalente a un decreto presidencial en México, debe pasar forzosamente por el Senado de Estados Unidos, con un proceso legislativo complejo y que no puede ser inmediato”, afirmó.
¿Qué necesita Trump para que los cárteles se consideren terroristas?
La designación de una Organización Foránea Terrorista marca al menos tres exigencias primordiales:
- Que sea un grupo extranjero
- Que haya realizado o tenga capacidades para realizar actos terroristas
- Que dicha actividad amenace la seguridad nacional
Denominar a los cárteles mexicanos como OFT abriría la puerta al gobierno de los Estados Unidos para el uso de prohibiciones a las personas y entidades estadounidenses de proporcionar apoyo material o recursos a las organizaciones designadas.
De no cumplirse con los requerimientos marcados por la ley estadunidense, se podrían aplicar multas y penas de prisión. Además, bloquearían cuentas bancarias relacionadas con los cárteles en jurisdicciones estadounidenses, y las instituciones financieras estarían obligadas a bloquear transacciones ligadas con dichas agrupaciones criminales, previa investigación de las fiscalías.
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