
La Cámara Alta avaló sin cambios la minuta devuelta por los diputados, que modifica los artículos 128 y 129 y el transitorio tercero.
Rafael Ramírez | OEM-Informex
El Senado de la República aprobó la tarde de este miércoles, en lo general y en lo particular, la reforma a la Ley de Amparo en los mismos términos que la Cámara de Diputados le devolvió apenas unas horas antes, sin turnarla a comisiones y manteniendo sin cambios la nueva redacción del artículo transitorio que fue objeto de polémica por su posible carácter retroactivo.
La minuta fue avalada por 83 votos de Morena, PT y PVEM, contra 38 de la oposición, y forma parte del paquete de reformas impulsadas por la presidenta Claudia Sheinbaum para modificar las reglas del juicio de amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
¿Qué cambiaron los diputados a la reforma de Ley de Amparo?
Los diputados federales aprobaron la madrugada del miércoles un ajuste al artículo tercero transitorio, así como a los artículos 128 y 129 de la Ley de Amparo, con el fin de precisar que la reforma se aplicará únicamente a las etapas procesales pendientes de resolución en los juicios en curso, y no a los ya concluidos.
De acuerdo con la mayoría de Morena, este cambio busca evitar la retroactividad de la norma. Sin embargo, legisladores del PAN, PRI y MC advirtieron que se trata de una “simulación jurídica” para mantener intacto el propósito de restringir la suspensión del acto reclamado y limitar el interés legítimo de los ciudadanos.
El senador Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia —quien inicialmente había rechazado la versión anterior— defendió que el nuevo texto “ataja cualquier problema de retroactividad”.
“
Con la misma contundencia con la que rechacé la redacción original, hoy digo que esta redacción zanja el problema. No me parece retroactiva, sino que resuelve cualquier posible interpretación de retroactividad en materia procesal”:Javier Corral.
La oposición denunció que Morena y sus aliados replicaron la minuta sin análisis en comisiones y sin un verdadero debate jurídico.
La senadora Claudia Anaya, del PRI, reprochó que el oficialismo “pretendió simular” el carácter no retroactivo de la reforma y propuso incluso impugnarla ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante una acción de inconstitucionalidad.
“Si están tan seguros de lo que están haciendo, firmemos la acción de inconstitucionalidad. Faltan tres firmas”, retó desde tribuna.
Por su parte, la senadora Guadalupe Murguía, del PAN, advirtió que la reforma “debilita el juicio de amparo” al restringir el interés legítimo de los ciudadanos y limitar la suspensión del acto reclamado que, recordó, es la herramienta que impide que los actos de autoridad causen daños irreparables antes de resolverse el fondo del juicio.
“La supuesta corrección a la retroactividad fue una cortina de humo. Esta ley busca blindar al gobierno y limitar los derechos ciudadanos. No es una reforma pro persona, sino pro gobierno”, señaló.
Defensa de Morena
En contraste, el senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara (Morena) sostuvo que con los cambios hechos en San Lázaro “se perfeccionó la redacción” y se preservó “el espíritu de la Cuarta Transformación”, que —dijo— busca cerrar los abusos del amparo fiscal usados por grandes corporaciones para evadir impuestos.
“El amparo no puede ser refugio de quienes delinquen ni herramienta para perpetuar la desigualdad. Esta ley le devuelve su sentido original: proteger al pueblo, no a los poderosos”, expresó.
Huerta afirmó que durante años “más de 2,400 amparos directos y 1,600 indirectos fueron promovidos por un solo contribuyente” para evadir el pago de impuestos, lo que justificó la reforma.
Aprobación sin cambios
El Senado aprobó la minuta sin hacerle modificaciones, ratificando así el texto de los diputados que mantiene la irretroactividad formalmente establecida, aunque con efectos prácticos sobre los juicios en trámite. La sesión, que se prolongó hasta la madrugada del 15 de octubre, se realizó sin dictamen de comisiones y con trámite de urgente resolución.
La minuta será enviada al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación, donde entrará en vigor una vez que se cumplan los plazos constitucionales.
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