El Departamento de Justicia de los Estados Unidos dio a conocer una acusación contra Raúl Castro y varias personas más. Son tres los cargos: conspiración para asesinar estadunidenses (conspiracy to kill US Nationals); destrucción de dos aeronaves estadunidenses (destroy unarmed US civilian Aircraft); y asesinato de cuatro personas (murder) con todas las agravantes. Raúl Castro aparece como responsable de estos tres cargos.
A principios de los años noventa, Cuba se vio en una situación muy difícil por el colapso de la Unión Soviética. Se quedó sin su principal aliado y sostén. Muchos cubanos intentaron salir de la isla en balsas para llegar a Florida. Esto venía ocurriendo desde que inició el régimen de Fidel Castro en 1959, pero en los noventas los “balseros” se convirtieron en un dolor de cabeza para las autoridades cubanas.
Hubo muchos cubanos que perdieron la vida en su intento por llegar a Florida, así que cubanos exiliados en Miami crearon el BTTR (Brothers to the Rescue / Hermanos al rescate) para localizar a balseros a la deriva e intercambiar esta información con la Guardia Costera de los Estados Unidos a fin de rescatarlos. Para el régimen esto resultaba muy incómodo, pues ponía en evidencia que no existía el tal paraíso socialista; por el contrario, muchos cubanos estaban dispuestos a arriesgar la vida con tal de huir.
El BTTR usaba avionetas para peinar el estrecho entre Cuba y Florida, pero allende a su misión humanitaria había una intención política. En julio de 1995 una avioneta lanzó propaganda anti-castrista sobre territorio cubano, causando la indignación y molestia del régimen. Los hermanos Castro vieron en este hecho una injerencia que no estuvieron dispuestos a tolerar. El 9 y 13 de enero de 1996 BTTR arrojó más panfletos. Según la acusación, el régimen tomó la decisión de encontrar una solución definitiva al problema.
Tras los lanzamientos de panfletos en enero, Raúl Castro autorizó el uso de fuerza mortal (deadly force) contra avionetas del BTTR. Las operaciones de la fuerza aérea cubana tenían su base en San Antonio de los Baños y según la acusación, Raúl Castro, en su carácter de comandante de las fuerzas armadas revolucionarias, tenía la decisión final en la cadena de mando de todas las operaciones contra el BTTR.
He aquí un resumen de la cronología que hace la acusación. A las 13:30 horas del 24 de febrero de 1996 despegaron tres avionetas civiles del aeropuerto de Opa-Locka, cerca de Miami. A las 15:20 el piloto de la fuerza aérea revolucionaria de Cuba, Lorenzo Pérez, divisó una de las avionetas y solicitó permiso para derribarla. Un minuto después, a las 15:21, Pérez fue autorizado para atacar y atacó. Derribó la avioneta asesinando a dos ciudadanos americanos. Cinco minutos después, a las 15:26, Pérez pidió autorización para derribar una segunda avioneta. A las 15:28 Pérez fue autorizado, atacó y derribó la segunda avioneta, asesinando a los dos tripulantes. La acusación establece que en ambos derribos las avionetas estaban en aguas internacionales y que las aeronaves volaban en dirección a Florida, no hacia Cuba. El régimen dijo que los hechos ocurrieron en sus aguas territoriales en una clara profanación de su soberanía. La acusación señala que Pérez atacó a las avionetas sin que previamente hubiera existido una advertencia a ellas (warning). La tercera avioneta logró escapar porque ya estaba muy cerca de la costa de Florida.
La presidenta Sheinbaum planteó una pregunta a propósito de esta acusación contra Raúl Castro: “¿Qué sentido tiene que en este momento acusen a una persona por algo que ocurrió hace treinta años?” Y así, los simpatizantes de la 4T de inmediato apoyaron a Castro y a Cuba, y los que no simpatizan con la 4T hasta memes hicieron de la presidenta, pues si no tiene caso acusar a alguien por algo que ocurrió hace 30 años, menos tiene caso acusar a alguien por lo que ocurrió hace 500. Y claro, muchos cuatro-teístas dijeron que no había pruebas y que se trataba de una jugada política para presionar al gobierno cubano.
Es conveniente que el público mexicano comprenda que el sistema penal de los Estados Unidos es diferente al nuestro. La acusación –que revisé en todas sus páginas y que fue avalada por un Gran Jurado en el sur de Florida– menciona a los acusados, refiere los delitos y hace una crónica general de los hechos. La acusación (indictment) no contiene un apartado de pruebas. Si un mexicano la lee, se puede llevar la impresión de que no hay fundamento (como sucedió en general a muchos morenistas respecto a la acusación contra Rocha Moya, Inzunza et alii), sin saber que bajo la ley de Estados Unidos la acusación no debe detallar todo el cúmulo probatorio, sin que ello signifique que no exista evidencia.
Un Gran Jurado federal avala una acusación si doce de sus trece miembros concluyen que hay “causa probable”, es decir, motivos razonables para creer que se ha cometido un delito y de que cierta o ciertas personas podrían ser responsables. El Gran Jurado desde luego considera la evidencia que le presenta la fiscalía, pero no determina la culpabilidad de los acusados; eso se hace en el juicio. El Gran Jurado solo establece la “causa probable”. Las leyes federales de los Estados Unidos impiden que las pruebas sean divulgadas en esta etapa del procedimiento. Este aspecto suele generar confusión entre observadores acostumbrados a los procedimientos penales de tradición romano-germánica, como parece que está sucediendo a los morenistas y sus simpatizantes. En una segunda etapa, el acusado y su abogado tienen acceso a las pruebas. Esta fase se llama “descubrimiento” (discovery) y es previa al juicio.
Algunos medios han dicho que la Fiscalía de Estados Unidos tiene una prueba superveniente que consiste en un audio en el que se escucha la orden en voz de Raúl Castro: “tumben las avionetas en el mar cuando se aparezcan.” La existencia de ese audio es especulación. No ha sido referida por ninguna autoridad de los Estados Unidos, y aun cuando existiera, el Indictment no la mencionaría.
Volvamos con Claudia Sheinbaum y su pregunta: ¿Qué sentido tiene acusar a una persona por algo que ocurrió hace 30 años? La prescripción opera de manera distinta en Estados Unidos. Tal vez la presidenta Sheinbaum pensó que la acción penal contra Raúl Castro en todo caso ya prescribió, pero bajo la legislación federal de allá (Título 18 del US Code), “una acusación por delito capital puede presentarse en cualquier momento.” El asesinato, bajo la legislación federal y bajo ciertas circunstancias, es un delito capital. Así que para Estados Unidos no hay prescripción, aunque Raúl Castro tenga 94 años y hayan pasado 30 desde el día de los hechos. En suma, Raúl Castro puede ser llevado a la justicia.
Desde luego no invalido a priori la pregunta que plantea Sheinbaum. Para mí cabe cuestionar si esta acusación se trata de un verdadero caso jurídico de índole criminal (penal), o de una jugada política para seguir presionando al régimen cubano. Para la 4T se trata sin duda de lo segundo. Yo creo que si se analiza con calma, sin filias ni fobias, y de manera neutral e inteligente, nos daremos cuenta que se trata de las dos cosas.
Caso jurídico, porque estamos frente a un “superseding indictment”, es decir, ya existía una acusación, pero circunstancias muy puntuales han reactivado el caso. No sabemos por qué se dio este superseding indictment, pero la ley estadunidense establece estas hipótesis: que haya nuevos acusados; que se reformulen los cargos; que exista nueva evidencia; que se dé una nueva teoría jurídica.
Jugada política, porque con esto Estados Unidos va a agregar más presión a la ya de por sí crítica situación: no hay tratado de extradición entre Cuba y Estados Unidos. Cuba nunca entregaría a Castro… ¿y entonces Estados Unidos se vería “forzado” a entrar por él, como hizo en Venezuela con Maduro? Veo poco probable que eso pudiera suceder.
Tiene razón Sheinbaum cuando dice que este tipo de acciones reflejan una práctica histórica de Estados Unidos para presionar a países de América Latina. Todd Blanche, fiscal general, dio a conocer la acusación el 20 de mayo, día de la Independencia de Cuba (el 20 de mayo de 1902 Cuba formalizó su independencia de España y se convirtió en una república). Esta es una fecha llena de simbolismo para el exilio cubano en Florida, que es por antonomasia anti-castrista.
¿Por qué ahora? Si es verdad que Raúl Castro ordenó el derribamiento de dos avionetas civiles estadunidenses en aguas internacionales, asesinando a cuatro personas, tres de ellas ciudadanos de los Estados Unidos y una más residente permanente, hay un caso jurídico que debe ventilarse en los tribunales para que se haga justicia. Y si al mismo tiempo esto sirve para presionar a Cuba, estarán matando dos pájaros de un tiro. El debate sobre las intenciones geopolíticas de Washington puede y debe darse; el debate sobre la posible responsabilidad penal de los acusados también.




