El Ministro Javier Laynez Potisek habló en su resolución de las principales consecuencias que traería el no otorgar la suspensión del Plan B electoral, entre las que destacó “la desaparición de plazas y la remoción de diversos servidores públicos y, por tanto, la necesaria afectación irreversible a la capacidad del Instituto [Nacional Electoral] para cumplir las funciones constitucionales que tiene encomendadas frente a la ciudadanía”.
SinEmbargo.
Ciudad de México, 27 de marzo (SinEmbargo).- Javier Laynez Potisek, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aseguró que concedió al Instituto Nacional Electoral (INE) una suspensión para la aplicación del Plan B de la Reforma Electoral, impulsado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, “para evitar la posible disminución de la capacidad operativa del órgano y con ello salvaguardar el sistema democrático nacional“.
Según el acuerdo de la suspensión que fue publicado este lunes, “el sistema democrático nacional tiene como garantía orgánica la adecuada capacidad operativa del INE”, sin embargo, alertó que “el decreto reclamado [el del Plan B] produce una modificación sustancial en la organización, estructura y funcionamiento del propio órgano, al grado que es posible que se pueda comprometer su regular funcionamiento en los términos que venía operando”.
“En consecuencia, para evitar la posible disminución de la capacidad operativa del órgano y con ello salvaguardar el sistema democrático nacional, se impone el otorgamiento de la medida cautelar frente a la totalidad del decreto impugnado”, se lee en el documento sobre la resolución emitida la noche del pasado viernes 24 de marzo.
Laynez Potisek también advirtió que “de no concederse la suspensión, el Instituto actor quedaría afecto a la aplicación del nuevo esquema orgánico dispuesto por el legislador, con las consecuentes adecuaciones presupuestarias, lo cual traería como consecuencia la desaparición de plazas y la remoción de diversos servidores públicos y, por tanto, la necesaria afectación irreversible a la capacidad del Instituto para cumplir las funciones constitucionales que tiene encomendadas frente a la ciudadanía”.
“De ser cierto lo que se aduce en la demanda, podría haber una merma significativa en la garantía orgánico-institucional de los derechos a votar y ser votado, en la garantía de equidad en la contienda, también podría comprometerse la integridad del padrón electoral y, consecuentemente, la garantía de derechos humanos relacionados con el manejo de información personal ahí contenida”, agregó para argumentar su decisión en la controversia 263/2023.
La resolución del Ministro se dio a conocer desde el viernes pasado a través de un comunicado, donde se informó que admitió la demanda de controversia constitucional que interpuso el INE en contra del “Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”.
En este mismo acuerdo, el Ministro Instructor solicitó a las autoridades demandadas (Congreso de la Unión y Ejecutivo Federal) que presenten su contestación dentro del plazo legal.
También concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.
“Dicha suspensión fue otorgada debido a que el Decreto no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede”, precisó la SCJN.
Con esta suspensión indefinida al Plan B, el Instituto Nacional Electoral podrá seguir operando como lo hacia antes de la reforma impulsada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador. La suspensión regirá durante el tiempo que tome a la Corte tramitar la controversia para resolver sobre la constitucionalidad de la reforma.
El pasado 19 de marzo se informó que el Ministro Alberto Pérez Dayán había admitido 81 impugnaciones contra la primera parte del denominado Plan B de la Reforma Electoral.
La primera parte incluye cambios en la Ley General de Comunicación Social y en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y ha generado controversia entre partidos políticos, gobiernos estatales y municipios de oposición. En total, se habían presentado 170 impugnaciones contra el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 27 de diciembre, incluyendo seis acciones de inconstitucionalidad y 74 controversias constitucionales.

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