En enero pasado, la Suprema Corte declaró como inconstitucional la Ley Eléctrica de AMLO
Alejandro Arturo Villa / OEM-Informex
La inconstitucionalidad declarada por el ministro Alberto Pérez Dayan de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) evitó para México, una condena económica por la controversia que Estados Unidos y Canadá presentaron, en el marco del T- MEC, contra México por la Ley de la Industria Eléctrica de 2021.
La SCJN informó a través de una tarjeta informativa que resolvió un amparo el pasado 31 de enero en el que declaró la inconstitucionalidad del orden de prioridad en el despacho de energía eléctrica regulado por la Ley de la Industria Eléctrica.
Lo que dejó sin efecto las consultas que, en el Panel de Energía del T-MEC formularon EU y Canadá en julio de 2022. Además, aseguró la SCJN tuvo un impacto decisivo en la política del Gobierno mexicano en el sector energético.
El fallo de la sala que encabeza el ministro Alberto Pérez Dayan fue argumentado por transgredir los principios de competencia y libre concurrencia, “pronunciamiento que no sólo significó conceder el amparo a las quejosas, sino que también generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista”, aseguró la SCJN.
El lunes pasado, el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados presentó de manera formal una solicitud de juicio político contra el ministro Pérez Dayán por supuestamente incurrir en una “violacion grave” a la ley de Amparo y a la ley orgánica del poder Judicial.
La diputada federal Aleida Alavez Ruiz expuso que el ministro realizó una interpretación ilegal de la ley de amparo en la sesión del 31 de enero, cuando declaró la inconstitucionalidad de los artículos 3, 4, 26, 53, 101, 108 y 126 de la Ley de la Industria Eléctrica; en la que ante un empate de los ministros de la segunda sala, optó por hacer uso del voto de calidad.
La diputada agregó que, en esa sesión, el ministro Javier Laynez se manifestó impedido para votar, lo que generó un empate, por lo que se resolvió el caso mediante la aplicación del artículo 56 de la Ley de Amparo, que consiste en que quien presida la sala tendrá voto de calidad, el cual ejecutó Pérez Dayán, resultando en declarar la inconstitucionalidad del caso.
“En defensa de nuestra soberanía energética y contra un proceso irregular del ministro Alberto Pérez Dayán, hoy presenté, en nombre de diputados de #Morena, solicitud de Juicio Político en su contra. No podemos permitir que continúen estos atropellos contra el patrimonio nacional”, redactó la diputada morenista en su cuenta de X el 26 de febrero.
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