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El TEPJF confirma que AMLO debe abstenerse de promocionar la Revocación de Mandato (nota de SinEmbargo)

El PRD solicitó que se conminara a López Obrador para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus presentaciones públicas.

Ciudad de México, 15 de febrero (SinEmbargo).- El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Presidente Andrés Manuel López Obrador debe de abstenerse de promocionar el proceso de Revocación de Mandato en cualquiera de sus apariciones públicas.

De acuerdo con el documento ACQyD-INE-13/2022, en el que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente el dictado de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, el TEPJF confirmó la declaración presentada.

El TEPJF expuso que el pasado 4 de febrero el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció al Presidente de la República, derivado de diversas expresiones con motivo de la conferencia matutina del 2 de febrero de 2022. Lo anterior, al considerar que dichas declaraciones implicaban indebido uso de recursos públicos y la ilegal promoción del Proceso de Revocación de Mandato.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE emitió una medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva para que López Obrador se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre la Revocación de Mandato. Foto: Cuartoscuro.

El PRD solicitó que se conminara a López Obrador para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus presentaciones públicas. El INE determinó procedente la medida cautelar solicitada.

Ante dicha situación, el titular del Ejecutivo, el Coordinador General de Comunicación Social, el Vocero del Gobierno de la República, el Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, y el partido Morena interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE.

El TEPJF avaló la propuesta del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera y confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte de López Obrador, consistente en utilizar esa herramienta de comunicación para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente.

La consulta, derivada de la Ley Federal de Revocación de Mandato promulgada en septiembre, causa polémica porque el mismo López Obrador la impulsa. Foto: Daniel Augusto, Cuartoscuro

Fue apenas el 8 de febrero cuando la Comisión de Quejas y Denuncias del INE emitió una medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva para que el Presidente Andrés Manuel López Obrador se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre la Revocación de Mandato.

También incluiría revisar, ajustar, adecuar, modificar o actualizar sus estrategias, programas o políticas públicas, con la intención de que su actuar se encuentre dentro de los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, sin interferir en el proceso de la Revocación de Mandato.

El INE detalló que la medida derivó de la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) por la presunta indebida utilización de recursos públicos y la ilegal promoción del proceso de Revocación de Mandato, ante las manifestaciones del Mandatario en la conferencia matutina del pasado 2 de febrero, mismas que, a consideración del denunciante, transgreden diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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