La persecución inició en el municipio de Tizayuca, en el estado de Hidalgo, y culminó en Tecámac, en territorio mexiquense
Fernando Solís | El Sol de Toluca
Tras protagonizar una persecución desde el municipio de Tizayuca, en el estado de Hidalgo, un sujeto fue detenido por elementos de la Guardia Civil de Tecámac, a quien se le encontraron diversas armas de uso exclusivo del Ejército y Fuerzas Armadas.
De acuerdo a las autoridades, la noche del jueves, el detenido identificado como Geraldo“N”, de 31 años de edad, circulaba en las inmediaciones de la comunidad de Tepojaco del municipio de Tizayuca a bordo de un automovil Dodge Charger, color negro mate, quien al notar la presencia de los efectivos comenzó a actuar de manera sospechosa.
Los efectivos le marcaron el alto, sin embargo, el sujeto ignoró la orden e imprimió velocidad iniciando una persecución que se extendió hasta el municipio de Tecámac, Estado de México. Los policías hidalguenses solicitaron el apoyo de sus homólogos de Tecámac, quienes se unieron a la percusión.
Luego de varios minutos, el automóvil fue interceptado en la Calle Santa Anita y Río Blanco, en el pueblo de San Jerónimo Xonahuacan. El conductor descendió del vehículo y fue entonces que los efectivos policiacos llevaron a cabo una revisión física para descartar la posesión de armas o enervantes.
Dentro del automóvil, los oficiales encontraron diversas armas de uso exclusivo del Ejército y Fuerzas Armadas, entre éstas: un arma de fuego tipo pistola, un cargador, dos armas largas calibre 223, cada uno con su respectivo cargador.
El sujeto, luego de ser detenido, fue trasladado a las instalaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) donde quedó a disposición del agente del Ministerio Público Federal con sede en Ecatepec, donde se inició una Carpeta de Investigación por los posibles delitos de portación, tráfico y acopio de arma prohibida, en donde se determinará su situación jurídica.
De acuerdo a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), para protección del domicilio particular, se autoriza el registro de armas cortas (pistolas y revólveres), en los calibres no superiores al 0.380” o 0.38” Especial, respectivamente, excepto los calibres 0.38” Súper, 0.357” Magnum, 5.7 mm.
Mientras que para protección de parcelas o ejidos se autoriza el registro de armas largas (carabinas, rifles y escopetas), en calibres 0.22”, 12 GA, 16 GA, 20, 28 y 410, además cuando se trate de escopetas no deben ser de cañón de longitud inferior a 635 mm (25”), y las de calibre superior al 12 (. 729” ó 18.5 mm).
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