El dictamen, el cual pasó al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que al responsable de este delito se le impondrá una pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa.
Ciudad de México, 27 de abril (SinEmbargo).- La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para sancionar a quien obligue, coaccione, induzca o gestione que un menor de edad cohabite en forma equiparable a la de un matrimonio, con otra persona que esté en su misma condición o sea mayor de edad.
Por unanimidad, con 474 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el dictamen fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El documento establece que “las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, deberán adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria”.
Estas medidas deberán establecer acciones afirmativas respecto de niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración, desplazamiento o en exclusión social.
El dictamen señala que al responsable de este delito se le impondrá una pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa.
Además, la pena se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana. Las sanciones señaladas serán imprescriptibles.
Lizbeth Mata Lozano, Diputada del Partido Acción Nacional (PAN) y secretaria de la Comisión de Justicia, dijo que la propuesta consiste en tipificar como delito la cohabitación forzada de personas menores de edad, de personas con discapacidad y de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo.
Destacó que con la tipificación como delito de la cohabitación forzada se fortalecerá el marco de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y se garantizará su normal desarrollo psicosexual.
En tanto, la Diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Eufrosina Cruz Mendoza, enfatizó que se trata no solamente de un acto que garantiza la defensa de los derechos humanos de las niñas, sino que es una acción afirmativa ante una emergencia porque, dijo, “les están robando su vida, sueños y futuro”.
Precisó que los matrimonios infantiles o equiparables también son una expresión de la desigualdad, falta de acceso a la información y a la salud. Además, recordó que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 423 mil niñas fueron obligadas a casarse, 339 mil a través de un robo o intercambio.
“En pocas palabras, se trata de personas, de tráfico humano, abuso sexual, secuestros disfrazados de matrimonios o equiparables y suceden todos los días en este país a la vista de todos”, añadió.
El dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia menciona que a pesar de tener un marco jurídico robusto enfocado a la protección de las niñas, niños y adolescentes, subsisten prácticas relacionadas con el matrimonio infantil.
Según datos del Inegi, en 2020 se registraron 335 mil 563 matrimonios, cantidad que representa una disminución de 33.5 por ciento respecto a 2019, cuando hubo 504 mil 923.
De estos matrimonios, 26 fueron con al menos uno de los contrayentes menor de edad. Los estados donde se registraron estos matrimonios: Chihuahua con siete casos, Durango con cinco, Guanajuato y Puebla con tres, y el resto correspondiente a cuatro entidades federativas.

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