
La reforma fue enviada al titular del Ejecutivo para su publicación en el DOF y posterior entrada en vigor
Fernando Merino / OEM-Informex
La Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma que prohíbe el fentanilo, vapeadores y cigarros electrónicos.
La reforma fue enviada al titular del Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y posterior entrada en vigor, luego de recibir el voto aprobatorio de los congresos de Baja California, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
De acuerdo con la reforma del expresidente Andrés Manuel López Obrador, la prohibición tiene como objetivo garantizar la salud, principalmente de los jóvenes que consumen estos productos.
“Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas”, se lee en el texto que se añade a la Constitución.
Durante la discusión de la reforma, la oposición pidió una regulación de los vapeadores y cigarros electrónicos y criticaron que los diputados de Morena, PT y PVEM pongan al fentanilo y a los vapeadores en la misma clasificación.
La senadora Amalia García, de Movimiento Ciudadano, dijo que la política prohibicionista impulsada por Estados Unidos no ha dado resultados para garantizar la salud, seguridad y bienestar de la población y, por el contrario, ha provocado un incremento en la violencia y tráfico de armas.
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