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Corte revoca decretazo de AMLO para clasificar obras como de seguridad nacional (nota de Alfredo Fuentes en OEM-Informex)

Foto: Cuartoscuro

Entre sus argumentos, señaló que con la publicación del llamado “decretazo” se transgredieron los principios de supremacía constitucional y legalidad

Alfredo Fuentes | OEM-Informex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el acuerdo publicado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en 2021 con el que declaró todas las obras de su gobierno como de seguridad nacional y, por ende, podría clasificar su información como confidencial.

El llamado “decretazo” fue declarado inconstitucional en su artículo 1 por la mayoría de los ministros de la SCJN, pues estimaron que invade facultades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) e inhibe a la ciudadanía solicitar información respecto a obras de infraestructura del gobierno federal.

El proyecto analizado se desprendió de la controversia constitucional 217/2021 presentada por Inai en contra del acuerdo presidencial que entró en vigor en noviembre del 2021 y que declaró de seguridad nacional proyectos como el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, entre otros.

Dicho organismo autónomo se inconformó, pues advirtió que al ser declarados de esta manera, se abría la puerta para clasificar como confidencial toda la información respecto a ellos, lo que va en contra del principio de máxima publicidad y el derecho de acceso a la información pública.

Entre sus argumentos, señaló que con la publicación del llamado “decretazo” se transgredieron los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque se realizó una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a proyectos y obras, situación que debería analizarse caso por caso.

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