La solicitud de cambio de medida cautelar, por parte de Lozoya, se basa en el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que obliga a revisar la prisión preventiva después de dos años de reclusión sin condena.
SinEmbargo.mx
Ciudad de México, 24 de enero (SinEmbargo).- Sandra Leticia Robledo Magaña, Jueza Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, admitió a trámite el amparoque promovió el exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin.
Con este recurso legal, Lozoya busca ampararse de la resolución que emitió el Juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, José Rivas González, en diciembre, la cual impidió que pudiera recobrar su libertad en el proceso que sigue tomando lugar por el caso Odebrecht.
La medida de amparo únicamente es para efecto de que la libertad de Lozoya Austin quede a disposición del juzgado, en el lugar en que se encuentra recluido, y a disposición del Juez que tiene a su cargo el proceso penal.
De acuerdo con lo determinado por la Jueza, el próximo 30 de enero se celebrará una audiencia en donde se determinará si se concederá al exdirector de Pemex la suspensión definitiva.

En diciembre del año pasado, Lozoya desistió de la suspensión definitiva que le fue otorgada por un Tribunal federal en el caso Odebrecht, donde impugnó la medida de prisión preventiva justificada.
Según un acuerdo del pasado viernes 8 de diciembre y publicado posteriormente, la defensa de Lozoya presentó esta petición ante el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal de la Ciudad de México para que un Juez de control se pronuncie sobre el otorgamiento de este beneficio.
“Por medio del presente escrito me permito en este momento desistirme a mi entero perjuicio de la suspensión del acto reclamado que en su momento fue solicitada ante este Tribunal. Lo anterior, puesto que el día de ayer [7 de diciembre] se celebró la audiencia para el cese de la prisión preventiva de mi representado ante el Juez de enjuiciamiento, ante el hecho de que el quejoso lleva dos años y un mes privado de su libertad sin que se haya dictado sentencia y el Juez de la causa determinó que derivado de esta suspensión en este juicio de amparo no es posible resolver la petición constitucional”, dice el documento de la defensa que trascendió en los medios de comunicación.
El pasado 7 de diciembre, Gustavo Aquiles Villaseñor, Juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, llevó a cabo una audiencia donde Emilio Lozoya pidió el cambio de medida cautelar, tras más de dos años de prisión preventiva. Sin embargo, el juzgador declaró que estaba impedido para pronunciarse, pues está vigente una suspensión que le fue concedida por el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal en la Ciudad de México.

La decisión de Lozoya de desistir fue presentada para que un Juez no se vea impedido para tomar una decisión sobre su cambio de medida cautelar, después de más de dos años en prisión.
La solicitud de cambio de medida cautelar, por parte de Lozoya, se basa en el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que obliga a revisar la prisión preventiva después de dos años de reclusión sin condena.
Lozoya ingresó al Reclusorio Norte el pasado 3 de noviembre de 2021, por lo que lleva más de dos años internado, sin embargo, sólo está sujeto a la prisión preventiva justificada por el caso Odebrecht, donde se le acusa por los delitos de asociación delictuosa, lavado de dinero y cohecho.

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