La jefa de gobierno de la CDMX propone además endurecer sanciones por despojo, asociación delictuosa y amenazas
Manuel Cosme | OEM-Informex
La jefa de gobierno de la ciudad de México, Clara Brugada Molina, propuso sancionar de manera más severa la violencia de género, sobre todo cuando entre el agresor y la víctima haya una relación de confianza, docente, laboral, religiosa, de cuidado o de subordinación.
La iniciativa de modificaciones del artículo 131 de Código Penal, junto con la creación del 131 bis, también propone el incremento de dos terceras partes de la pena que corresponda cuando las lesiones se infieran por razones de género, en contra de mujeres o por prejuicio en contra de personas con orientaciones sexuales y de identidades de género.
En el caso de despojo, la iniciativa de la mandataria capitalina plantea cambios al artículo 237 del Código Penal se propone incrementar un año la pena mínima y máxima por el delito de despojo. Actualmente el Código Penal establece de cinco a 10 años de prisión y multas de 100 a 500 unidades de medidas, y la propuesta es que vaya de seis a 11 años de prisión y multas de 200 a mil unidades de medidas. Se agrega como causal de este delito a quien simule actos jurídicos o suplante la identidad para ocupar un inmueble ajeno, haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca.
Cuando el delito se cometa contra una persona mayor de sesenta años, con discapacidad, mujer embarazada, menor de edad o pertenezca a un pueblo y comunidad indígena, Brugada propone reformar el artículo 238 del Código Penal para que la sanción que actualmente es de seis a 10 años de prisión y de 500 a dos mil unidades de medidas vaya siete a 11 años de cárcel y de mil a cuatro mil unidades de medida.
Asimismo, cuando quien cometa el delito sea un notario, tenga parentesco o afinidad hasta el cuarto grado, participe un funcionario público en funciones y cuando se simulen actos de autoridad.
Se propone además, elevar las penas por el delito de asociación delictuosa . Actualmente el artículo 263 del Código Penal establece una sanción cuatro a ocho años de prisión a quien sea integrante de una asociación o banda de tres o mas personas con el propósito de delinquir, y se propone aumentarlo para que vaya de cinco a 10 años
La quinta iniciativa es para castigar más severamente las amenazas, “ya que desencadena delitos más graves como la extorsión, el despojo o el homicidio, ahora el artículo 209 del Código Penal es insuficiente para que las victimas tengan un acceso efectivo a la justicia”.
La pena vigente es de tres meses a un año de prisión y una multa de 90 a 360 días, ahora sería de uno a dos años de cárcel a quien por cualquier medio amenace a otro con causarle un mal grave, lo cual consiste en poner en riesgo la vida de la víctima, su integridad o patrimonio.
La pena subirá al triple cuando el agresor amenace con difundir por cualquier medio imágenes de contenido sexual; y se haga con arma blanca o de fuego.
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