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Suprema Corte da revés al TEPJF: no puede frenar suspensiones contra reforma judicial (nota de Atzayacatl Cabrera en OEM-Informex)

febrero 13, 2025
Suprema Corte da revés al TEPJF: no puede frenar suspensiones contra reforma judicial (nota de Atzayacatl Cabrera en OEM-Informex)

La Suprema Corte también ordenó a dos jueces de Jalisco y Michoacán revisar sus resoluciones que pretendieron frenar la elección judicial y en caso de ser ilegales, eliminarlas.

Atzayacatl Cabrera | OEM-Informex

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por mayoría de votos que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tiene competencia para frenar suspensiones judiciales como las de dos jueces de Jalisco y Michoacán que buscaban frenar el proceso electoral de ministros, jueces y magistrados.

Asimismo, el alto tribunal ordenó a dichos juzgadores revisar en 24 horas, después de que se notifique la sentencia, las suspensiones que emitieron en contra de la elección judicial y en caso de ser ilegales, eliminarlas.

En una sesión de más de cuatro horas y con confusiones en la votación, el proyecto que estuvo a cargo del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena fue aprobado con mayoría de siete votos.

Con esta resolución la Suprema Corte determinó que las sentencias SUP-AG-209/2024, SUP-AG-632/2024 y acumuladas, y SUP-JDC-8/2025 y acumuladas de la Sala Superior del Tribunal Electoral “son opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo”.

Es decir que el Tribunal Electoral no está facultado para determinar la validez o invalidez de suspensiones judiciales como lo hizo al señalar que los juicios de amparo promovidos por el juez primero de Distrito de Michoacán, Sergio Santamaría Chamú; y la jueza sexto de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, María Gabriela Ruíz Márquez, no tienen incidencia en temas electorales, como la elección judicial.

Ambos juzgadores emitieron suspensiones con la pretensión de frenar el proceso electoral de ministros, jueces y magistrados que se llevará a cabo el próximo 1 de junio.

La resolución de la Suprema Corte también estableció que los jueces que hayan emitido suspensiones en contra de reforma judicial, como Santamaría Chamú y Ruíz Márquez, deben revisar sus autos de suspensión para eliminarlas en caso de que no sean compatibles con la ley de amparo.

En la misma sesión el pleno del máximo tribunal del país además se eliminó la parte del proyecto que proponía exhortar a las autoridades federales a acatar las suspensiones de amparo. Esto quiere decir que la Corte abrió camino a la continuidad del proceso electoral judicial.

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